fullscreen : Rojas, Julio N.: Contratos de juego y apuesta

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interpretacion,  que  respecto  á  carreras  de  caballos  se  ha
puesto  en  duda,  si  tenia  derecho  à  hacer  apuestas  el  propiétario -
  de  un  caballo  que  no  corriera  personalmente.  Por
fin  la  jurisprudencia  ha  resuelto  la  afirmativa.  En  cuanto
à  las  personas  que  apuestan  en  carreras  de  caballos,  sin
tomar  parte  en  la  misma  carrera,  no  pueden  segun  la  mayor -
  parte  de  los  trotadistas  hacer  valer  judicialmente  sus
contratos.
Una  sentencia  de  la  Corte  de  Paris  de  3  1  de  Diciembre
de  1874  dice:  «que  el  favor  acordado  à  los  propietarios
y  criadores  de  caballos,  no  podria  estenderse  á  los  que  no
son  sino  testigos  desinteresados  y  mucho  menos  aun  à
esa  multitud  indiferente  y  agena  à  los  conoci  mientos  del
Sport,  que  no  busca  en  estos  juegos  y  apuestas  sino  la
ocasion  de  correr  probabilidades  aleatorias  para  procurarse -
  una  ganancia.
Es  verdad  por  otra  parte,  que  el  articulo  del  Código
Francés  que  consagra  la  escepcion  dice:  «Los  juegos
utiles  para  ejercitar  en  el  manejo  de  las  armas,  las  carreras -
  à  pié  y  á  caballo,  el  juego  de  pelota  y  otros  juegos  de
la  misma  naturaleza  que  se  refieren  à  la  pericia  y  ejercicio -
  del  cuerpo,  estan  esceptuados  de  la  disposicion  precedente -
  (falta  de  accion.)
En  cambio  nuestro  Código  dice  solamente:  «Prohibese -
  demandar  en  juicio  deudas  de  juego  ó  apuestas
que  no  provengan  de  ejercicios  de  fuerza,  destreza  de
armas,  corridas  y  de  otros  juegos  semejantes.»
El  articulo  francés  es  mas  circunscrito:  de  su  testo  re¬
            
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