Metadaten : Ortiz Basualdo, Mariano: Principios que rigen la expropiación por causa de utilidad publica

—  43
38—Debe  entenderse  que  la  palabra  dfectadas,
comprede  lo  esclusivamente  necesario  para  la  ejecucionde -
  la  obra  de  utilidad  publica;  6  que  permite
expropiar  el  todo  de  una  finca  por  el  solo  hecho  de
haber  sido  tocada  en  una  parte  minima  dela  propledad -
  privada?.  Vamos  à  ser  mas  claros,  gdebe  ex
propiarse  eltodo  aunque  no  sea  necesario  mas  que
una  parte;  6  debe  tomarse  la  parte  necesaria  parala
obra  publica?
Esta  cuestion  que  debié  ser  discutida  en  el  Con
greso  con  la  detencion  que  la  importancia  del  caso
requeria,  pues  se  presta  à  quebrantar  el  principio
fundamental  de  la  propiedad,  que  es  su  inviolabulidad,
no  ha  sido  tratada  siné  de  una  manera  superficial.
sin  tener  quizas  en  consideracion  las  consecuencias
perjudiciales  que  podrén  sobrevenir  si  se  lleva  à
ejecto  esta  Avenida.
Antes  de  ocuparpos  de  la  discusion  habida  en  el
Congreso,  con  este  motivo,  veamos  lo  que  dispone
nuestra  Constistucion  Nacional,  para  en  seguida
estudiar  sus  disposiciones  à  la  luz  de  las  demas  legislaciones. -

39—Nuestra  Constitucion  dice  en  su  arte  17--La
propiedad  es  inviolable,  y  ningun  habitante  de  la  nacion
puede  ser  privado  de  ella,  siné  en  virtud  de  sentencid  funsdada -
  en  ley.  La  expropiacion  por  causa  de  utilidad  publea
debe  ser  calificada  por  ley  y  previamente  indemnisada.»
De  este  articulo  se  desprende  que  la  constitucion
garante  la  inviolabilidad  de  la  propiedad,  y  como
exepcion  el  caso  de  expropiacion  por  causa  de  utilidad -
  publica;  con  el  objeto  de  que  cuando  el  Estado -
  construya  obras  de  utilidad  general,  los  particula
            
Waiting...

Nutzerhinweis

Sehr geehrte Benutzerin, sehr geehrter Benutzer,

aufgrund der aktuellen Entwicklungen in der Webtechnologie, die im Goobi viewer verwendet wird, unterstützt die Software den von Ihnen verwendeten Browser nicht mehr.

Bitte benutzen Sie einen der folgenden Browser, um diese Seite korrekt darstellen zu können.

Vielen Dank für Ihr Verständnis.

powered by Goobi viewer