INTRODUCCION
I.
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oe
NOCION JURIDICA DE LA PROPIEDAD
1. — Los romanos al tratar del derecho de propiedad, -
lo definian como plena in ve potestas; defminicionque -
puede decirse se ha hecho clasica¬Cuando -
querian descomponer los elementos constitutivos -
de este derecho, los jurisconsultos
adoptaban una triple division-jus utendi derecho -
de usar de la cosa; jus fruendi—derecho de
sacar de ella todas sus rentas, y jus abutendi
el derecho de enagenar, de disponer y aun de
destruir la cosa de que uno era propietario.
2.—Como puede verse por esta division, el due¬Ho -
de un bien cualquiera podia transferir à otro,
en virtud del jus abutendi, el todo 6 parte de su
derecho de propietario.