Full text : González Calderón, Juan: ¬El divorcio

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obra  comun,  el  mantenimiento  y  educacion  de  los  hijos.  La
procreacion  del  hijo  es  un  hecho  previsto  desde  el  momento
en  que  celebraron  el  contrato;  y  cuandó  esto  llega  à  producirse, -
  impone  al  padre  y  á  la  madre  obligaciones  indivisibles. -
  Los  padres  deben  conservar  el  ser  humano  que  libremente -
  crearon  ;  por  este  solo  acto  le  han  dado  derechos  y
su  autoridad  les  impone  una  responsabilidad  inevitable,
dando  origen  á  derechos  y  deberes  reciprocos  que  duran
toda  la  vida.
Podran  los  padres  divorciados  cumplir  estas  obligaciones -
  que  les  impone  la  ley  ?....  De  que  modo  criarán
educarán  á  sus  hijos,  colocados  en  la  morada  y  bajo  la  de
pendencia  de  otra  persona  ?...  Como  compartir  este  deber
sagrado  é  ineludible?  No  es  esto  todo.  «  Los  padres  ejercen
sobre  sus  hijos  la  patria  potestad,  y  los  hijos  deben  respeto -
  y  obediencia  à  sus  padres,»  (articulos  2  y  3  del  titulo
ya  citado.)
Pero,  de  que  manera  ejerceran  los  padres  separados  por
el  divorcio  esa  autoridad  ?
Cual  será  su  situacion,  al  ver  que  un  estrano  se  ha  encargado -
  de  gobernar  y  dirijir  sus  hijos,  teniendo  sobre
ellos  la  influencia  resultante  de  la  intimidad  diaria?....
Que  cuidados,  que  ejemplos,  que  direccion  recibiran  estos
hijos?....  No  seria  una  vergüenza  confiarlos  á  un  padre
ficticio,  en  vida  de  su  verdadero  padre?
Podran  los  hijos  honrar  y  respetar  á  su  padre,  al  ver  su
madre  abandonada,  ultrajada  quizå;  al  ver  que  otra  muger
            
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