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obra comun, el mantenimiento y educacion de los hijos. La
procreacion del hijo es un hecho previsto desde el momento
en que celebraron el contrato; y cuandó esto llega à producirse, -
impone al padre y á la madre obligaciones indivisibles. -
Los padres deben conservar el ser humano que libremente -
crearon ; por este solo acto le han dado derechos y
su autoridad les impone una responsabilidad inevitable,
dando origen á derechos y deberes reciprocos que duran
toda la vida.
Podran los padres divorciados cumplir estas obligaciones -
que les impone la ley ?.... De que modo criarán
educarán á sus hijos, colocados en la morada y bajo la de
pendencia de otra persona ?... Como compartir este deber
sagrado é ineludible? No es esto todo. « Los padres ejercen
sobre sus hijos la patria potestad, y los hijos deben respeto -
y obediencia à sus padres,» (articulos 2 y 3 del titulo
ya citado.)
Pero, de que manera ejerceran los padres separados por
el divorcio esa autoridad ?
Cual será su situacion, al ver que un estrano se ha encargado -
de gobernar y dirijir sus hijos, teniendo sobre
ellos la influencia resultante de la intimidad diaria?....
Que cuidados, que ejemplos, que direccion recibiran estos
hijos?.... No seria una vergüenza confiarlos á un padre
ficticio, en vida de su verdadero padre?
Podran los hijos honrar y respetar á su padre, al ver su
madre abandonada, ultrajada quizå; al ver que otra muger