bendé à 10 Cor
Astt seh S Pabl e
romenes « La muger, dice mientras vire su maride
e
da à él atada con la ley mairmontal por manera que seré
adultera, st viviendo su esposo, casa cen otro varon mas
cuande su marido muriese, queda libre de la ley
ue la e
laza con el marido. »
« El Senor, no
vo, manda à los casados que no se diver¬
cien; si esto acontecière, la muger quede sin casar, o hag
paz con su marido,
Tampoce el maride puede devorciarse
de su muger.)
este
Sohr
punto dice el sabig Perrone cClunico terte
que de la Santa Eseritura podria aducir
sé en contra de la
indiselubilidad del matrimonio, seria et de San- Mateo Ou
cunqué diiserit etc Pero, en dichas palabras no ta
tal'escepcion. En éfecto, si ellas
erpresaran la cepeio
(cas de adulterio), ciertamente ni el que se casara despues
repudrada la muger, ni el que tomase por mge
repudiada,
cometeria adulerie sin embar
palabras del lesto d
Mates, afrmat que en une con
Otro cas
adulterio. Luego no ha tal esepcien
Los Concilos de Elvira en el sig
16 4 de Mele
otros en los siglos posteriores dieron
pripéipios d
igual inter
etacion à los tetos ovangelcos deretand
esposos divorciados de ninguna manera per ningna
aed
ausa, podian contraet un nuevo vihcule en
or On el coneile de Trento, ha falade Sobre el part