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fjado en todo tiempo la atencion de los legisadores, qu
han tratado de dictar sabias disposiciones, que respondie
ran al objeto de su institucion.
Esto solo bastaria para dar à comprender su alta impor
tancia social; pero esta se hace mas visible, al considereque -
da nacimiento à las relaciones de consanguinidad y
afinidad, que confiere el estado de legitimidad de los bioe
que nazcan, en una palabra, que afecta las relaciones todas
del örden civil. Un acto de tanta importancia, no ha podide
ser abandonado al capricho de los contrayentes, y ha hecho
necesaria la intervencion de la ley, para garantir sus intereses, -
en el momento mas solemne que decide su porvenir.
y en garantia tambien de los intereses de la sociedad. Pero
esta garantia de la ley, no bastaba por si sola para asegurar -
su felicidad y bien estar, porque las leyes humanas,
mudables por su misma naturaleza, podian cambiar hoy
sus disposiciones de ayer.
Era indispensable, pues, una proteccion mas eficaz, que
afianzara su indispensable estabilidad. Por esto, todos los
pueblos han hecho intervenir la religion en la celebracion
del matrimonio, y lo han puesto bajo el amparo de alguna
divinidad, falsa ó verdadera, creyendo garantir asi, el acto
mas importante, que decide la suerte de los esposos.
Si bien es cierto que uno de los fines del matrimonio
consiste en la procreacion de los hijos, no es este su objeto
unico. Si asi fuera, la ley no permitiria el enlace de aquellas -
personas, que por su avanzada edad ó por otras cir¬