Metadaten : Gomez, J. Ezequiel: De los buques

—  86  —
cha  formalidad,  ignorarian  la  existencia  de  los  créditos  à
que  estuviera  afectado  aquel,  y  entónces  podrian  ser  enganados, -
  produciéndoles  perjuicios.  Es  en  el  interés  de
terceros,  pues,  que  se  establece  la  inscripcion  de  los  créditos -
  espresados.
Respecto  à  la  ultima  parte  del  párrafo  que  examinamos.
se  ha  seguido  la  regla—qui  prior  est  tempore,  potior  est  jure,
Si  en  un  mismo  dia  se  hicieren  varias  inscripciones,  ;  se
aplicara  siempre  la  precedente  regla?  Si.  En  materia
comercial  no  se  aplica  le  regla  del  derecho  civil,  respecto
à  la  prioridad  de  las  inscripciones,  cuando  estas  tienen
lugar  en  el  mismo  dia.
Articulo  1024
Los  privilegios  menoionados  en  los  artioulos  1021  y  1023.
quedan  estinguidos,  si  el  buque  trasmitido  å  otro  ha
navegado  durante  sesenta  dias  despues  de  su  salida  del
puerto,  bajo  el  nombre  y  por  ouenta  del  nuevo  propietario, -
  sin  que  los  aoreedores  privilegiados  hayan  protestado. -
  La  protesta  solo  aprovecha  al  acreedor  quela
ha  verifioado.
Sise  vendiese  un  buque  estando  en  viaje,  oonservarán  sus
derechos  integros  los  aoreedores  privilegiados,  hasta
seis  meses  despues  del  regreso  del  buque  al  puerto  de  su
matricula.
A  pesar  de  que  al  hablar  de  los  créditos  privilegiados.
hemos  tratado  tambien  de  lo  que  dispone  el  presente  articulo, -
  sin  embargo,  diremos  algo  mas.
Cuando  el  articulo  dice  bajo  el  nombre  y  por  cuenta  del
nucoo  propietario,  es  porque  entônces  recien  los  acreedores
privilegiados  conoceran  la  venta  del  buque,  y  podrân,  por
lo  tanto,  ejercer  sus  derechos.
Pero  es  necesario  que  el  buque  haya  navegado,  porque
es  entônces  que  los  acreedores  privilegiados  podrán  recur¬
            
Waiting...

Nutzerhinweis

Sehr geehrte Benutzerin, sehr geehrter Benutzer,

aufgrund der aktuellen Entwicklungen in der Webtechnologie, die im Goobi viewer verwendet wird, unterstützt die Software den von Ihnen verwendeten Browser nicht mehr.

Bitte benutzen Sie einen der folgenden Browser, um diese Seite korrekt darstellen zu können.

Vielen Dank für Ihr Verständnis.

powered by Goobi viewer