Objekt : Gil, Antonio Luís: Recursos de inconstitucionalidad é inaplicabilidad de ley

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finido  la  esencia,  los  caractéres  juridicos  de  un  hecho,  los
elementos  constitutivos  de  un  delito,  en  una  palabra,  cuando -
  las  relaciones  entre  el  hecho  y  la  ley  han  sido  fijados
por  el  legislador  mismo,  la  ley  está  encausada,  la  corte  de
casacion  es  competente  entónces;  el  juicio  que  hubiera
desconocido  estos  caractéres  y  negado  estas  relaciones  no
podria  escapar  á  su  censura.  Cuando,  por  el  contrario,  la
investigacion  de  los  caractéres  del  hecho,  de  los  elementos
constitutivos  del  delito  ha  sido  abandonada  al  discernimiento -
  y  á  la  conciencia  del  juez,  este  los  aprecia  soberanamente, -
  la  ley  está  desinteresada  y  la  corte  de  casacion  sin
poder.
146—Esta  teoria  no  consulta  á  mi  juicio,  los  verdaderos
principios  que  han  presidido  á  la  institucion  del  sistema  de
casacion,  y  produciria,  caso  de  ser  aplicada,  graves  inconvenientes -
  prácticos  á  causa  de  la  estension  que  se  le  dá.
Ante  todo,  se  prefière  en  ella  el  imperio  de  la  duda  y  la
incertidumbre  en  las  decisiones  de  los  tribunales  de  justicia, -
  desde  que,  en  vez,  de  tener  una  regla  unica  de  interpretacion -
  de  ley  se  remite  este  cuidado,  en  la  generalidad
de  los  casos,  á  todos  los  tribunales  diseminados  en  el  territorio -
  regido  por  el  sistema  de  casacion,  y  se  declara  de  la
competencia  de  estos  la  determinacion  esclusiva  de  los
caractères  de  un  hecho,  acto  ó  contrato,  que  no  hayan  sido
fijados  con  precision  por  la  ley.
En  efecto,  si  se  trata  de  buscar  los  hechos  que  no  han
sido  determinados  exactamente  por  la  ley  (caso  que  se
sustraeria  segun  Merlin  de  la  fiscalizacion  jurisdiccional
de  la  Corte,)  se  verá  que  estos  tienen  por  la  fuerza  de  las
cosas  que  hallarse  en  notable  mayoria.
Los  legisladores  modernos  aceptando  el  antiguo  principio -
  de  la  jurisprudencia  romanà  omnis  definitio  in  jure  peri¬
            
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