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Lo contrario seria tambien convertir á la Corte Provincial -
en una tercera instancia contra los fines de su institucion. -
Asi, supongamos que una persona solicita ante los tribunales -
la prestacion de alimentos en el caso que deba
préviamente justificar la necesidad en que se halle à tal
respecto.
Produce pruebas que cree suficientes para ese fin, y el juez
de le Instancia falla declarando no justificado el derecho à
los alimentos. Apelado tal fallo se confirma por el superior
por considerar tambien insuficiente la prueba rendida.
Acude à la Suprema Corte. Esta no debe conocer en
tal caso, pues aunque haya toda la injusticia, la falta de
equidad que sea dable en el fallo ó fallos recurridos, desde
que en ellos no se encuentre infraccion de ley alguna, cesa
su derecho á intervenir.......
110—“ Juzgar mal, dice Merlin, y juzgar contra una ley
espresa, son dos cosas totalmente diferentes; y si la Corte
puede y debe casar todas las sentencias que juzgan contra
la ley, no debe, no puede jamás casar un fallo que no
juzga mas que contra la razon; que no ofende sinó principios, -
universalmente admitidos, es verdad, pero á los cuales -
el legislador no ha impreso el sello de su poder. (1)
Tal recurso tiene ante los tribunales de Francia, el nombre -
de mal jugé (como si dijeramos injusticia notoria) y no
es admitido por la Corte de Casacion.
Tolozan decia, respecto de él “Solo, no bastaria para
fundarun recurso de casacion" (2) Gilbert des Voisins.
1—Merlin, Quest. v. Cassation § 37, p. 354.—Meyer, Institutions jud., tomo 5,
p. 163.—Boncenne, De la procedure, p. 495.
1—Tolozan, p. 260.