Volltext : Gil, Antonio Luís: Recursos de inconstitucionalidad é inaplicabilidad de ley

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denuncias,  sátiras,  cuya  culpabilidad  ó  inculpabilidad  depende -
  de  la  conciencia  social.
Es  por  esto  que  se  erige  en  juez  al  jurado  salido  de  las
filas  populares  y  volviendo  á  ellas  una  vez  terminada  su
mision.
74—;  Basta  la  esposicion  anterior  para  escluir  la  intervencion -
  de  la  Suprema  Corte,  en  sentencias  del  Jurado  en  2.
Instancia,  por  inaplicabilidad  de  la  ley?  Voy  á  examinarlo.
75—Los  hechos  que  constituyen  el  abuso  de  libertad  de
imprenta,  están  tan  inmediatos  á  delitos,  del  resorte  de  los
tribunales  ordinarios,  que  la  minima  trasgresion  de  los  determinados -
  como  abuso,  no  caeria  bajo  la  accion  del  jurado
sinó  del  juez  del  crimen.
76—Estan  declarados  abusivos  «de  la  libertad  de  imprenta -
  los  impresos  que  ataquen  la  religion  del  estado,  que  esciten
à  sedicion,  ó  á  trastornar  el  órden  publico  ó  á  desobedecer
à  las  leyes,  6  à  las  autoridades  del  pais  ;  los  que  aparezçan
obscenos,  contrarios  á  la  moral,  u  ofensivos  del  decoro  y  de
la  decencia  pûblica;  los  que  ofendan  çon  sátiras  é  invectivas
al  honor  y  reputacion  de  algun  individuo  ó  ridiculicen  su
persona,  ó  publiquen  defectos  de  su  vida  privada,  designändolo -
  por  su  nombre  ó  apellido,  ó  por  seniales  que  induzcan -
  à  determinarlo,  aun  cuando  el  editor  ofrezca  probar  dichos -
  defectos.  »  (1)
77—Pero  la  prensa  puede  ser  instrumento  de  un  delito,
tanto  mas  poderoso,  cuanto  que  los  medios  de  difusion.
de  que  ella  goza,  lo  hacen  mas  perjudicial.
Asi  la  simple  sátira  puede  llegar  á  trocarse  en  injuria  6
calumnia:  la  critica  de  los  actos  de  un  gobierno  puede
convertirse  en  incitacion  á  la  rebelion.  En  nada  difieren
1—Art.  1?  de  la  ley  de  8  de  Mayo  de  1828.
            
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