Full text : Gil, Antonio Luís: Recursos de inconstitucionalidad é inaplicabilidad de ley

CAPITULO  QUINTO
DE  LA  JUSTICIA  DE  PAZ
62—El  exámen  que  del  carácter  de  la  ley  suspendida  por
la  Legislatura  Provincial  acabo  de  hacer  en  lo  Correccional, -
  me  escusará  detenerme  en  el  relativo  á  las  causas
civiles  y  comerciales.
En  estas,  la  competencia  de  los  alcaldes  alcanza  hasta
la  suma  de  dos  mil  pesos  moneda  corriente;  (1)  haciendo
cosa  juzgada  la  sentencia  del  juez  de  paz  en  grado  de
apelacion.  (2)
Estos  jueces  pueden  conocer  en  litigios  que  en  la  capital -
  alcancen  hasta  veinte  mil  y  en  la  campanna  hasta  treinta
mil  pesos,  fuera  de  los  juicios  testamentarios  que  son  de
competencia  de  los  primeros  hasta  concurrencia  de  cuarenta -
  mil  pesos  y  de  los  segundos  hasta  cincuenta  mil  pesos
moneda  corriente.  (3)
De  los  fallos  de  los  jueces  de  paz  conocen  los  tribunales -
  de  distrito  que  se  componen  de  tres  miembros  sacados
à  la  suerte  de  una  lista  de  veinte  que  formará  el  consejo
parroquial  respectivo;  y  cuyas  resoluciones  confirmatorias
6  revocatorias  forman  tambien  cosa  juzgada.  (4)
Esta  organizacion  de  la  justicia  de  paz  está  calcada
sobre  los  articulos  178  á  183,  y  227  de  la  Constitucion  de
la  Provincia.
63—Es  pues  una  jurisdiccion  especial  completada  con  los
tribunales  de  distrito  y  aislada  por  lo  tanto  de  los  Tribunales -
  Superiores.
1—Ley  de  Justicia  de  Paz,  art.  5?  inciso  19
2—Id,  id,  id,  art.  99
3—Id,  id,  id,  art.  16
4—Id,  id,  id,  art.  19,  20  y  24  de
            
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