Volltext : Gil, Antonio Luís: Recursos de inconstitucionalidad é inaplicabilidad de ley

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Los  debates  serán  siempre  orales  y  en  audiencia  püblica
que  el  Presidente  indicarä,  con  sefnialamiento  de  dia  y  hora.
Con  este  fin  las  partes  manifestaran  dentro  de  tercero
dia  contado  desde  la  notificacion  si  van  d  informar  in  voce.
No  verificandolo  podrá  resolverse  la  causa  sin  informes. -
  (1)
345—;  Importara  esto  la  proscripcion  absoluta  del  informe -
  en  derecho,  autorizado  por  el  reglamento  de  la  Suprema -
  Corte?
He  demostrado  en  otro  lugar  la  importancia  del  debate
escrito  y  tendria  en  este  punto,  que  hacer  su  repeticion,  si
tratase  del  informe  en  derecho.  Mas,  habiendo  sido  adoptado -
  como  sistema  de  defensa  ante  la  Corte  el  debate  oral.
la  esclusion  del  informe  en  derecho,  no  es  sino  una  consecuencia -
  de  él.
El  reglamento  de  la  Suprema  Corte  no  tendrá  valor
alguno  al  lado  de  la  prescripcion  del  articulo  318  de  la  ley
de  procedimientos,  puesto  que  si  bien  se  halla  aquella
facultada  para  dictar  su  propio  reglamento,  se  entiende
concedida  tacitamente  tal  facultad,  siempre  que  sus  prescripciones -
  no  esten  en  oposicion  con  la  ley.
Los  jueces  entre  nosotros  no  pueden  dictar  leyes.  Luego
ese  reglamento  no  puede  prevalecer  contra  disposicion
espresa  en  contrario.
Como  esté  tambien  dispuesto  para  el  recurso  de  inaplicabilidad -
  de  ley,  los  miembros  de  la  Corte  se  instruiran  del
espediente  pudiendo  tenerlo  en  su  poder  el  término  que  el
Presidente  sefiale  à  cada  uno  dentro  del  fijado  para  pronunciar -
  sentencia.  (2)
1—Arts.  370,  317  y  318  de  la  Ley  de  Procedimientos.
2—Art.  319  de  la  ley  de  enjuiciamiento.
            
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