Objekt : Gil, Antonio Luís: Recursos de inconstitucionalidad é inaplicabilidad de ley

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nuevo  punto  de  vista  juridico  que  ofrezca  la  resolucion
de  la  Cámara.
206—Es  menester  tener  en  consideracion  que  todo  termino -
  judicial  es  una  garantia  para  el  ejercicio  de  un  derecho: -
  que  es  tanto  menos  eficaz,  cuanto  mas  breve  sea  con
relacion  á  las  necesidades  de  la  vida  civil,  pudiendo  llegar
hasta  el  estremo  de  ser  inûtil  por  la  imposibilidad  de  ejercitar -
  el  derecho  que  se  tenga  dentro  de  él.—Me  sujière
estas  observaciones  el  estudio  de  la  legislacion  francesa
que  en  esta  y  otras  materias  es  de  las  mas  adelantadas—
el  de  la  espanola  que  ha  sido  un  modelo  para  la  nuestra  y
el  de  la  belga,  análoga  á  la  francesa,  con  relacion  à  la  de
ley  de  enjuiciamiento  de  que  me  ocupo.
207—La  primera,  en  materia  civil,  fija  el  término  de
tres  meses  en  todo  el  territorio  de  Francia  para  la  interposicion -
  del  recurso  de  casacion,  contados  desde  la  notificacion
de  la  sentencia  y  el  término  de  dos  meses  mas  contados
desde  el  vencimiento  de  los  primeros  para  la  ampliacion
del  mismo.  (1)
No  sucede  lo  mismo  en  materia  criminal  :  en  el  interés
de  la  humanidad  y  de  la  justicia,  no  es  conveniente  segun
la  ley  francesa,  que  la  situacion  del  condenado,  estuviese
largo  tiempo  en  suspenso  y  se  le  ha  obligado  à  recurrir
dentro  de  cinco  dias,  unas  veces,  y  en  la  generalidad  dentro -
  de  tres,  término  en  el  que,  como  se  espresa  Dalloz,  ha
çaido  el  legislador  en  el  estremo  opuesto.  (2)
208—En  Bélgica  están  fijados  los  mismos  plazos  que
en  Francia,  con  pequennas  diferencias;  tres  meses  en  materia -
  civil  para  interponer  el  recurso,  quince  dias  para  am¬1—Dalloz, -
  nûm.  458.
2—Dalloz,  Cassation  nüms.  524,  525  y  sig.
            
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