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la universalidad de este sentimiento de repulsión del mundo -
antiguo hacia las segundas nupcias.
Asi el pretium pudicitiæ ó suma de dinero que el novio
debia pagar à una viuda al casarse con ella era generalmente -
la mitad del pretium virginitatis ó Kethuba, que
debia entregar el que se unia à una doncella (1); este ültimo -
quedaba dispensado por un ano del servicio militar y
de toda carga pûblica, beneficio que la ley negaba expresamente -
al primero. (2) Los sacerdotes, además, estaban
legalmente impedidos de contraer matrimonio con las
viudas, «por ser éste un acto indigno de su carácter sagrado -
y de su alta misión en el pueblo de Jehová.» (3)
Los Griegos han participado también de estas ideas. Homero -
Ilena de alabanzas à Penélope, por haber perma
necido fiel à Ulises à quién crefa sepultado entre las ondas -
del Mar Egeo; Esquilo y Licofronte reprochan con
dureza à Elena sus varios matrimonios; Platón, anticipándose -
à los Padres de la Iglesia, llama á las segundas
nupcias «una calamidad doméstica» agregando que la
viuda que las contrae ha perdido su pudor.
En algunas colonias atenienses de la Magna Grecia,
estas ideas habian conducido hasta el extremo de pronun
ciar incapacidades politicas contra los maridos binubos
segûn nos cuenta Diodoro de Sicilia. Asi en Thurium los
1 En la época rabinica esta suma era de 200 zuzims por una doncella y de
100 solamente por una viuda.
(2) Deuteronomio, XXIV, 5.
3 Ezequiel, XLIV, 22, y Levitico, XXI. 13.