Objekt : Demaría, Domingo: Breve comentario del título preliminar de las donaciones

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lógico  al  darle  como  fundamento  al  inciso  la  opinion
de  este  Juriscolsulto.
La  doctrina  que  cito  en  mi  apoyo,  es  lo  que  fija
el  espresamente,  para  establecer  la  liberalidad  como
parte  de  una  donacion.
Sus  palabras  son  las  siguientes:  "Toda  liberacion -
  de  una  deuda  enriquece  al  deudor;  de  manera
que  si  la  liberacion  contiene  los  demás  elementos
de  la  donacion,  constituye  una  donacion  verdadera.
El  importe  de  ésta  es  siempre  igual  al  de  la  deuda,
aunque  el  deudor  fuera  insolvente,  pues  por  mas
que  parezca  cosa  indiferente  la  liberacion  de  una
deuda  destinada  á  no  ser  pagada  nunca,  no  por
eso  deja  de  existir  un  aumento  real  en  los  bienes
del  deudor.  En  efecto,  no  solamente  representan
los  bienes  una  cantidad  determinada,  sino  que  su
solo  total  puede  ser  tambien  positivo  ó  negativo;  de
suerte  que  si  los  bienes  se  reducen  á  un  valor  ne
gativo,  la  disminucion  del  minus  es  un  derecho,  una
modificacion  idéntica  al  aumento  del  plus,  respecto
à  un  valor  positivo."  Y  por  fin,  termina  de  esta
manera:
La  remision  de  la  deuda  puede  tambien  verificarse -
  tácitamente,  es  decir,  por  medio  de  actos  que
establecen  con  evidencia  la  intencion  de  las  partes.
La  renuncia  hecha  por  el  acreedor  solo,  no
podria  valer  ni  como  donacion,  ni  como  remision
de  la  deuda;  pero  aceptada  por  el  deudor,  se  çon
            
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