Metadaten : Demaría, Domingo: Breve comentario del título preliminar de las donaciones

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tenga  algun  otro  elemento  de  esta  ultima,  como,
por  ejemplo,  que  el  móvil  del  acto  fuese  conferir
desinteresadamente  un  beneficio.  Los  casos  de  esta
especie  pueden  clasificarse  de  la  manera  siguiente:
El  acto  por  el  cual  se  expresa  la  benefi
cencia  no  modifica  la  extension  de  los  bienes.
"2  Negligencia  de  un  acrecentamiento  posible
de  riqueza,  sin  sacrificio  de  un  derecho  adquirido.
"3°  Abandono  de  una  parte  de  los  bienes,  en
virtud  del  cual  se  confière  á  una  persona  un  derecho -
  distinto  del  derecho  de  bienes.
Empieza  á  enumerar  los  diferentes  casos  que
corresponden  á  cada  una  de  estas  reglas,  y  dice
por  fin:
"No  constituye  donacion  el  que  un  heredero  6
legatario  renuncie  á  la  herencia  ó  legado,  con  el  fin
de  que  se  aproveche  de  dicha  renuncia,  el  que
despues  de  él  sea  llamado.
"Constituye,  pues,  unicamente  un  medio  de  faci
litar  un  acto  juridico  licito  por  un  procedimiento
que  justifican  una  multitud  de  analogias  no  dudosas;
y  tratar  como  verdadera  donacion  la  sucesion  repu
diada  donandi  animo,  no  seria  facilitar  las  formas
de  una  convencion  licita,  sino  extender  artificialmente -
  las  reglas  positivas  de  la  donacion  á  un  caso
colocado  por  su  propia  naturaleza  fuera  de  estas
reglas  y,  por  consiguiente,  imponer  á  la  voluntad
libre,  injustas  restricciones.
Los  fundamentos  de  este  inciso  son  poderosos,
            
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