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Me abstengo de citar mas razones de este renombrado -
autor, por ser ya suficientes, y dejar compro
bado que una donacion à causa de muerte legislada
por el modo del articulo 22, no tiene ningun
fundamento en las leyes romanas, que son, se puéde
decir, una de las bases de nuestro Côdigo.
Veamos el Derecho Francés, segun M. Troplong,
uno de sus comentadores mas notables por sus vastos -
conocimientos, por su profundo raciocinio y
brillante estilo.
Al criticar el articulo 895, refiriéndose á la donacion -
por causa de muerte, dice lo siguiente:
"La donacion á causa de muerte nos es representada -
en el antiguo derecho romano como el me
dio entre la donacion y el testamento.
Ella tiene relacion con la donacion entre vivos
porque se produce bajo la forma de un contratoy
es como ella inspirada por un espiritu de liberalidad. -
Pero es revocable y está sujeta á arrepentirse; -
por esto decian los jurisconsultos romanos
que, mientras en la donacion entre vivos el donante
prefière al donatario á él mismo, en la donacion
mortis causa el donador se prefiere al donatario, pero
préfière á éste á su heredero.
Tiene relacion con el testamento, porque ella se
nace en peligro de muerte. Ob mortis fit periculum,
dice Vinnus, y ella no es perfecta mas que por la
mderte del donador. Pero difiere entre otras cosas
en que es hecha por contrato. El donador y el