Full text: Cossio, Luís: Derecho de propiedad

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Son inmuebles por accesión las cosas 
muebles realmente inmovilizadas por su 
adhesión fisica al suelo, con tal que dicha 
adhesión tenga el carácter de perpetuidad: 
lo son por su caráeter representativo, los 
instrumentos pûblicos de donde constare la 
adquicisión de derechos reales sobre bienes 
inmuebles, como los contratos de trasmisión 
de bienes inmuebles en propiedad y usu- 
fructo, las particiones de herencia hechas 
extra judicialmente, de muebles ó inmuebles 
cuyo valor pase de una cierta cantidad, 
los contratos de sociedad, los testamentos 
celebrados con todos los requisitos y solem¬ 
nidades que la ley exige; en fin todos 
aquellos instrumentos en los que se trans 
fiera, oblige ó grave bienes inmuebles, con 
excepción de los derechos reales de hipoteca 
y anticrecis, que no crean á favor del 
acreedor poder, ni la propiedad de la cosa 
hipotecada ó dada en auticrecis, sinó sim- 
plemente una garantia, una seguridad del 
cumplimiento de la obligación. 
Aubry y Rau en el § 165 establecen como 
inmuebles incorporales al derecho de hipo 
teca considerado en su propia naturaleza, en 
su constitución, efectos que produce y medios 
particulares de extinción; puesto que aun-
	        
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