Full text : Corvalán, César D.: ¬El derecho de propiedad

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M  Dr.  Marcelino  Ugarte,  al  discutirse  en  el
ligreso  nuestra  ley  de  expropiacion  del  aiio
Mt,  se  manifestaba  en  estos  término.  La  expro¬Licion -
  solo  es  justa,  cuando  la  propiedad  es  hetrin -
  para  la  ejecución  de  la  obra.  Si  no  tiene
destino,  si  la  propiedad  deja  de  ser  necesaria,
aru  la  cjecucion  de  la  obra,  falta  à  la  ex  propiacion
bise  de  justicia,  y  no  debe  hacerse  por  consituliente -
  sin  el  consentimiento  del  propietario  desoseido" -

Cisi  todas  las  legislaciones  del  mundo,  entre
ris  la  de  Inglaterra,  Francia,  Alemania,  Italia  y
Meluica,  contienen  disposiciones  tratandose  de  la
Apropiacion  por  causa  de  utilidad  publica,  que
ollen  de  manifiesto  la  proteccion  acordada  à  los
Jurticulares  expropiados,  permitiendo  solo  la  expropiacion -
  total  en  interés  de  los  propietarios,
cuundo  después  de  efectuado  un  trabajo  6  una
obra  cualesquiera  en  interés  publico,  las  porciones
sobrantes  no  fuesen  adecuadas  por  su  falta  de  exlencion, -
  6  por  su  forma  irregular,  para  levantar
construcciones  higiénicas.
Nuestra  ley  de  expropiacion  del  afio  1866,  establece -
  que  estan  sujetos  à  expropiacion,  todos  los
bicnes,  tanto  provinciales  como  particulares,  que
sein  necesarios  para  ejecutar  obras  de  utilidad
            
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