Volltext : Corvalán, César D.: ¬El derecho de propiedad

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las  pretenciones  de  las  autoridades  municipade -
  la  Capital,  que  no  solamente  se  creian  con  declio -
  à  expropiar  el  terreno  necesario  para  la
venida,  sino  que  también  los  sobrantes  situados  à
y  otro  lado  y  con  frente  à  dicha.
Li  Suprema  Corte  en  el  considerando  sexto  de
sentencia  aludida  decia:  "Que  la  teoria  fundamental -
  derecho  de  expropiación  por  causa  de  utilidad -
  publica  tal  como  ha  sido  incoporada  por  la
Constitución  y  tal  como  la  admite  la  legislación  en
Aeneral  de  los  paises  libres,  no  se  extiende  à  nada
mis  que  à  autorizar  la  ocupación  de  aquella  parte
de  la  propiedad  privada  que  sea  indispensable  à  la
clecución  de  la  obra  á  propôsito  publico  de  que
trate,  no  pudiendo  ir  nunca  mâs  allà,  ni  cumplirse -
  en  consecuencia,  respecto  de  bienes  que  no
IIl  necesarios  à  tales  fines,  etc’.....  En  el  concrando -
  décimo:  «Que  si  asi  no  fuese  y  debiese
stenderse  permitido  y  licito  à  los  poderes  pübliso -
  color  de  utilidad  comûn,  invadir  la  propiedad -
  más  allá  de  lo  extrictamente  necesario  al
interés  general,  y  despejar  al  ciudadano  de  lo
suvo,  sustituyéndose  á  él  en  el  uso  y  goce  de  los
bicnes,  va  para  someterlos  á  una  explotacion  mas
provechosa  à  los  intereses  fiscales,  ya  simplemenla -
  para  lucrar  vendiéndolos  á  terceros,  con  la
            
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