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zo de tierra de que habia tomado posesión. Cuando -
el principio individual hubo echado raîces de
este modo en la sociedad, aparecia el principio social -
condenado á desaparecer para siempre. El
cristianismo restableció el principio social y religioso -
de la propiedad por numerosos ejemplos de
comunidad de bienes. Sin embargo, esta organización, -
que subordinaba la personalidad humana à
la propiedad, debia desaparecer cuando la reforma
religiosa, apoyada por el derecho romano, proclamó -
de nuevo el principio de la personalidad, rechazando -
la propiedad colèctiva, como contraria à
todo principio de derecho y de justicia.
La historia del derecho de propiedad comprende -
dos épocas.
La primera época abraza los tiempos antiguos
y comprende la India, Grecia y Roma; pueblos en
los que la idea religiosa lo absorbia todo, comunicando -
también á la propiedad, el carácter religioso -
de la época, más con el trascurso del tiempo,
fué transformándose hasta adquirir un carácter civil -
privado é individual.
La segunda época principia con el cristianismo
que consagró el principio de la personalidad humana, -
y consideraba á la propiedad bajo el punto -
de vista religioso; pero posteriormente el con¬