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29 -sangre -
arterial, evitando asi la asfixia que destruiria -
su organismo; pero su derecho no Ilega hasta
el punto de apropiarse la atmósfera; puede gozar
de los elementos que ella le proporciona, pero no
tiene el poder de incorporarla á su patrimonio.
Cuando nos apropiamos las cosas que el mundo
fisico nos proporciona, es para la satisfacción de
nuestras necesidades, y podemos hacerlas servir
del modo que sea más conforme á nuestra conservación -
y desarrollo fisico y moral; tenemos
derecho de usarlas tal cual la naturaleza nos las
proporciona ó modificándolas cambiando su forma;
podemos percibir todos y cada uno de sus frutos,
cederlas á otro en todo ó en parte, en fin nuestro
derecho se extiende al uso y disposición más àmplio -
de ellas, bien sea en nuestro beneficio ó en
el de todo otro ser inteligente y libre à quién
queramos trasmitirlas.
Ahora se pregunta zel derecho que el hombre
tiene sobre las cosas llega hasta el abuso ?...
apuede destruirlas para la satisfacción de un capricho? -
Indudablemente nó, puesto que si la propiedad
es sagrada, lo es solo en su calidad de ser condición -
indispensable para el sostenimiento de su
vida, para el cumplimiento de su destino; y la