Volltext : Coronado, Germán: ¬Los bienes adquiridos por los esposos durante la separación de hecho no son gananciales

—  46  -Debo -
  advertir,  desde  luege,  que  me  refero  aqui
à  la  separacion  de  hecho  suseptible  de  durar  el
tiempo  necesario  para  que  pueda  considerarse
como  causa  de  disolucion  de  la  sociedad  convuyal, -
  es  decir,  à  la  separacion  que  el  Cédigo  de
nomina  «  sin  voluntad  de  unirse.»
Dada  esta  esplicacion,  que  conceptuo  necesaria.
entro  en  materia.
Es  admitida  implicitamente,  en  el  hecho  de  no
ser  escluida  ni  prohibida  de  una  manera  espresa
en  ninguno  de  los  articulos  del  Codigo,  sabiendo
0  debiendo  saber  el  legislador,  que  ella  se  produ
ce  diariamente  en  nuestro  pais.
Es  reconocida  esplicitamente,  por  el  mismo,  al
tomarla  como  fundamento  de  la  disposicion  contenida -
  en  este  articulo  ()  «Cesa  tambien  la  sucesion -
  de  los  conyuges  entre  si,  si  viviesen  de
hecho  separados  sin  voluntad  de  unirse.
§  8
Establecido  que  la  disposicion  del  Cédigo  relativa -
  à  las  causas  de  disolucion  de  la  sociedad
conyugal  no  son  esclusivas;  establecido  ademas
que  los  motivos  que  originan  la  separacion  de
hecho  son  inevitables  en  ciertos  casos  y  que  à
esta  no  solo  no  condena  la  ley  en  esas  circuns.
tancias,  siné  que  la  reconoce  esplicitamente,  veamos -
  si  ella  puede  colocarse  entre  las  causas
enunciadas  de  disolucion,  y  destruir  asi  la  opi
(1)  Art.  11  tit.  Del  örden  en  las  sucesiones  intestadas.
            
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