QUÉ ES LA REPRESION?
Legales, es decir, tienen que estar préviamente establecidas -
por la ley (1).
Moraligadoras, porque la sociedad debe procurar
despertar en el culpable sentimientos benévolos, para
que mås tarde pueda Ilenar honradamente las necesidades -
de la vida.
Personales. Castigar al inocente, al que nada ha
hecho es un atentado. Nadie más que el reo debe sufrir -
por su delito.
Divisibles, para poderlas proporcionar á la mayor
6 menor gravedad de la infracción cometida.
Ciertas, es decir, que hieran algûn interés, que
priven de algün goce, que afecten algün derecho.
Analogas, por cuanto las penasdeben privar al culpable -
de un derecho semejante al que ha violado. No
se trata aqui, pues, de la analogia propia del Talión.
Reparables, porque el juicio humano es falible y
siempre debe haber lugar à evitar el castigo de un
inocente. Por esta causa los Códigos de Procedimientos -
modernos han abolido la cosa juzgada en los casos
de condena, en materia criminal.
Penal, 1884, pág. 154 y siguientes; QUIROGA, Delito y Pena, 1886, pág. 243
y siguientes; Tissor, Derecho Penal, 1880, tomo 1°, pág. 253 y siguientes;
ORTOLAN, Eléments de Droit Pénal, 1855, pâg. 596 y siguientes ; CARRARA,
Programma, 1886, tomo 2°, pág. 108 y siguientes ; HAUS, Droit Pénal Belge,
1874, tomo 1°, pág. 48 y siguientes; TREBUTIEN, Droit Criminel, 1878, pág.
174 y siguientes; PACHECO, Lecciones de Derecho Penal, 1854, pâg. 227 y siguientes; -
CHAUVEAU ADOLPHE et FAUSTIN HÉLIE, Théorie du Code Pénal, 1872,
tomo 1°, pág. 89 y siguientes ; Rossi, Traité de Droit Pénal, 1863, tomo 2°,
pág. 268 y siguientes; BERNER, Trattato di Diritto Pénale, trad. por BERTOLA,
1887, pág. 171 y siguientes.
(1) Constitución Nacional, art. 18 ; Código Penal, art. 46.