Volltext : Cervera, Manuel María: Propiedad y sus formas

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nuada  de  otas  personas  hasta  el  tiempo  necesario  para  poder
prescribir  la  cosa,  punto  que  estudiaremos  mas  tarde.  Por
el  art.  2513,  es  inherente  à  la  propiedad  el  derecho  de  poser  la
cosa,  de  disponer  ô  servirse  de  ella,  de  usarla  y  gonarla  segun  la
voluntad  del  propietario,  pudiendo  desnaturaliarla,  degradarla)
destruirla:  tiene  el  derecho  de  acesion,  de  reivindicacion,  de
constituir  sobre  ella  derechos  reales,  de  percibir  todos  sus  frutos,
prohibir  que  otro  se  sirva  de  ella  ô  perciba  los  frutos;  abandonarla, -
  enajenarla,  prestarla  o  darla  en  depösito,  ejecutando  respecto -
  de  ella  todos  los  actos  juridicos  de  que  ella  es  legalmente
susceptiblefart.  251)  y  de  disponer  de  ella  por  actos  entre  vivos.
Es  unpoder  soberano,  un  despotismo  completo  que  se  ejerce  sobre -
  la  cosa,  como  dice  Demolombe.
Racionalmente  la  propiedad  puede  dar  un  dominio  absoluto
sobre  la  cosa  hasta  poder  destruirla?  Existiendo  para  la  satisfaccion -
  de  las  necesidades  del  hombre,  solo  podria  destinarse  a
satisfacer  estas,  y  su  abuso  seria  contrario  al  derecho,  dicen
algunos,  debiendo  estos  abusos  ser  prohibidos  por  la  ley.
La  ley  no  puede  prohibir  esos  abusos  porque,  como  dice  un
filösolo  citado  por  Demolombe,  el  gobierno  que  se  constituya  en
juez  del  abuso,  no  tardara  en  constituirse  juez  del  uso,  y  toda
verdadera  idea  de  libertad  y  propiedad  seria  perdida.  Por  lo
demàs,  al  apoderarme  yo  de  una  cosa,  la  tomo  para  un  fin  determinado, -
  ô  para  la  satisfacion  de  una  necesidad  dada;  es  cierto,
pero  al  hacerla  mia,  si  ese  fin  desaparece,  si  no  deseo  satislacer
esa  necesidad,  nadie  me  puede  obligar  à  ello,  y  entonces  à  esa
cosa  puedo  yo  arruinarla,  destruirla  completamente.
Y  por  qué  no?  El  esfuerzo  es  mio,  la  necesidad  es  mia,  la  perdida -
  es  mia  tambien.  QQue  con  su  destruccion  hago  perder  una
fuerza  utilizable  à  otro?  Qué  importa  eso?  daiio  acaso  su  derecho? -
  ataco  su  personalidad?  El  origen  histörico,  la  justificacion
moral  de  la  propiedad  existe  en  la  razon  absoluta,  en  la  libertad,
            
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