Volltext : Cervera, Manuel María: Propiedad y sus formas

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la  Repûblica.  Los  tres  poderes,  legislativo,  ejecutivo  y
judicial  corresponden  respectivamente  à  un  Concejo  Deliberante, -
  compuesto  de  nueve  miembros,  y  un  Presidente, -
  que  será  el  Tesorero  ó  un  Intendente  Municipal
elegido  por  el  Concejo,  y  à  Jueces  de  Paz  elegidos  por  el
Intendente  à  propuesta  en  terna  del  Concejo.  Hay  además -
  un  Tribunal  de  Apelacion,  compuesto  de  tres  miembros -
  sorteados  en  el  Concejo,  que  se  turnan  cada  cuatro
meses,  entablándose  las  apelaciones  de  los  Jueces  de  Paz
ante  la  mitad  de  los  miembros  del  Concejo.  El  Gobierno
municipal  dura  tres  anos  y  se  renueva  integro,  y  sus
cargos  son  gratuitos  y  obligatorios.  Todos  los  habitantes
que  pagan  contribucion  y  tengan  un  anno  de  residencia,  y
todos  los  empadronados  anualmente,  pueden  votar  y  elegir -
  los  empleados  municipales.  Por  lo  que  antecede,
se
ve  que  el  pueblo  no  solo  nombra  sus  administradores,  sino -
  tambien  los  jueces  que  entienden  en  asuntos  de  menor
cuantia.  jQué  hermoso  seria  que  ese  mismo  voto  popular, -
  independiente  y  libre,  adquiriera  suerza  bastante
para  ser  el  árbitro  en  las  elecciones  de  sus  gobernantes! -

Por  el  articulo  127  las  atribuciones  del  Concejo  son
de  hacienda,  que  abarca  impuestos,  multas  y  percepcion
de  pagos;  de  seguridad,  que  comprende  la  guardia  del
servicio  doméstico,  las  pesas  y  medidas,  la  vagancia  y
peligros  materiales;  de  higiene,  para  el  cuidado  de  los
alimentos,  industrias  incômodas,  boticas,  epidemias  y  cementerios; -
  de  obras  publicas,  que  corre  con  la  viabilidad, -
  caminos,  irrigacion,  ornato  y  servicios  publicos;  y
las  de  moralidad  y  benesicencia,  que  comprende  escuelas
primarias,  espectaculos,  publicaciones,  asilos,  hospitales,
carceles,  colocacion  de  pobres  y  menores.  Nombra  tam¬
            
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