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entrega de tierras, debida à la guerra de la reconquista;
por la que un vasallo, una villa ó una ciudad elejia li¬
bremente à un senor poderoso para que lo desendiera,
pudiendo cambiar cuando no procediera como era de¬
bido. La autoridad de los propietarios en los dominios
solariegos, y la constitucion de behetrias que sirven de
prétesto à las vejaciones de los nobles, poniendo trabas
al éjercicio de la autoridad real, con el aumento extraor¬
dinario que adquieren, llaman la atencion de los reyes, que
varias veces las derogan ó disminuyen, desapareciendo
en el siglo XV y entrando las tierras à la corona como
realengos.
Los Suevos que ocuparon la Galicia, Asturias
Portugal distribuyeron el territorio entre sus condes y go¬
bernadores, dejando à los habitantes sus costumbres y
religion, y asimilándose à ellos mas tarde. Entregaban
las tierras al cultivo por arriendos largos ó enfiteusis, mo¬
dos de cultivo que han durado hasta nuestros dias. El
foro que es un contrato semejante à la ensiteusis, y que.
segun Escrich, participa de la naturaleza de la compra¬
venta, del arriendo y del censo, por el que se cede el
dominio util mediante cánon y reconocimiento, existe hoy
en esas comarcas, siendo una reminiscencia de sus anti¬
guos conquistadores.
En Navarra y Aragon el rey era el propietario del
suelo por él reconquistado, y lo repartia entre sus vasa¬
llos ô lo daba à los plebeyos con ó sin censo, reserván¬
dose parte para su patrimonio. El suero de Sobrarbe dice:
que las tierras conquistadas debian repartirse entre ricos
hombres, militares, é insanzones. Con los feudos apare
cen las caballerias de honor ó de mesnada, siendo las
primeras hereditarias y perpétuas desde el siglo XIII. Se