Objekt : Aguirre, Juan Pedro: ¬La cuenta corriente

ha  pretendido,  equiparándola  al  préstamo,  que  existiera  crédito -
  exijible  ántes  de  conocerse  el  saldo  por  la  compensacion
final;  pues  estos  caractères,  asi  como  la  indivisibilidad  son
propios  de  este  contrato.
ARTICULO  664
La  admision  en  cuenta  corriente  de  valores  precedentemente -
  debidos  por  uno  de  los  contratantes  al  otro,  produce  novacion. -
  La  produce,  tambien,  en  todo  crédito  del  uno  contra  et
otro,  por  cualquier  titulo  y  época  que  sea,  si  el  crédito  pasa  à
la  cuenta  corriente.
Para  impedir  la  novacion,  se  requiere  especial  reserva  de
los  interesados  ó  de  uno  de  ellos.
En  defecto  de  reserva  espresa,  la  admision  de  un  valor  en
cuenta  corriente,  se  presume  hecha  pura  y  simplemente.
La  admision  en  cuenta  corriente  de  valores  precedentemente
debidos  por  uno  de  los  contratantes  al  otro,  produce  novacion.
La  produce,tambien,  en  todo  crédito  del  uno  contra  el  otro,
por  cualquier  titulo  y  época  que  sea  si  el  crédit»  pasa  à  la
            
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