de Castellanos, (linderos con el de Comas), y después
las propiedades de Pérez, Pinasco y otros. Nada le
importa la opinión respetabilisima del doctor Eduardo
Costa, del General Mitre, del Presidente Pellegrini y
su Ministro de Hacienda doctor Vicente Fidel López,
de los doctores Machado y Llerena, etc., declarando
todos, sin discrepancia, que las riberas pertenecen à
los Estados provinciales, y no á la Nación; ni si¬
quiera se preocupa de que jamás se ha desconocido
la propiedad privada por ningûn Tribunal, circuns¬
tancia que, lejos de probar su tesis, demuestra pré¬
cisamente que hasta ahora nadie se ha atrevido à
provocar cuestiones al respecto.
Con calificar de «atenienses» las arengas de Mitre,
à quien, curioso es recordarlo, le endosa opiniones
localistas; y como si estuviera disertando en una aca¬
demia forense, sin darse cuenta de que, en los de¬
bates judiciales, hay que prescindir de teorias más ò
menos defendibles, para resolver los conflictos con
arreglo á la ley aplicable al caso, — dura lex, sed
lex, — el representante de la Empresa se burla de los
hechos consumados, prescinde de la posesión pacifica
de tantos anos, de los titulos de adquisición, de
los derechos, implicita y explicitamente reconocidos
por todos los Gobiernos; se alza contra la sobera¬
nia y jurisdicción de las Provincias, olvidándose de
que, como lo dijo el Presidente Monroe en su céle¬
bre mensaje, « el Gobierno de la Nación empieza,
alli donde acaba el Gobierno de los Estados »,
termina fulminando à todos los propietarios riberenos,
condenados á ser despojados, sin previa indemniza¬
ción! Alli está la Constitución Nacional, sin embargo,