Full text: Padilla, Alberto E.: ¬Las bolsas de comercio

IV 
16.—Articulo 78. Las especulaciones llamadas jue¬ 
gos de Bolsa, que consisten en las ventas y compras que 
no obligan à ninguna de las partes á la entrega y no 
deben resolverse sino por el pago de las diferencias entre 
el dia de la compra y el de la entrega, son contratos 
ilicitos que no producen efecto legal. 
Los autores de este articulo han tenido en cuenta para 
establecerlo en el Proyecto de Reformas, los inconve¬ 
nientes que se notan en la Bolsa por falta de una legis¬ 
cion sábia que venga à cortar los abusos que al amparo 
de una institucion importante se cometen dia à dia. Cree¬ 
mos llegado el momento de hacer notar que, desgracia¬ 
damente, la importancia y utilidad que hemos atribuido 
à las Bolsas de Comercio en la exposicion que tenemos 
hecha en el capitulo primero de este trabajo, es simple¬ 
mente teórica, pues su benésica influencia está muy alte¬ 
rada ó degenerada por los excesos que cometen en ella 
muchos de sus miembros. 
Las mejores instituciones tienen que luchar con obstᬠ
culos de distintos género para tener una feliz realizacion; 
no es extrano, pues, que en las reuniones de honrados 
comerciantes hallemos consundidos algunos que están 
muy léjos de poseer las cualidades tan necesarias para 
que sus acciones sean consideradas como legales y mo¬ 
rales; hay muchos cuya mala fé les arrastra hasta pro¬
	        
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