Full text: Mesquita, Marcelino: Estudio sobre las sociedades mercantiles

— 82 — 
que la denominacion de la sociedad puede ser vendi¬ 
da, pues no se afectan en nada los derechos de terce 
ro que podrá ó no contratar segun la confianza que 
le inspire el adquirente. 
La razon social, por el contrario, no es susceptible 
de ser trasmitida, como no se permite vender la firma 
individual en la celebracion de un contrato, pues que 
la firma presupone cierto grado de responsabilidad, 
mayor en unos que en otros, y que por lo tantô, podia 
perjudicarse á los terceros, cubriendo con el nombre 
de una sociedad que gozara de gran crédito actos ce 
lebrados por otra próxima à declararse en quiebra. 
Es por esta razon que se exige que en la firma so¬ 
cial figuren solo los nombres de los socios. Esta cues¬ 
tion la examinaré mas adelante. 
En el derecho romano que reconocia á la sociedad 
el carácter de ser moral,— societas vices porsonœe fun 
gitur—se habian sacado de ese principio consecuen¬ 
cias importantes y establecidose la diferencia que 
existia entre la sociedad y los miembros que la com¬ 
ponian, determinándolos como personalidades distin 
tas; y por lo tanto el patrimonio de la sociedad, era 
distinto del de los socios, siendo el primero empleado 
en el cumplimiento de las obligaciones sociales y no 
pudiendo pretender ser pagados los acreedores perso¬ 
nales, hasta tanto que la sociedad no hubiera cubierto 
todos sus créditos. Era tambien necesario, para que 
la sociedad quedara obligada, que hubieren tomado 
parte en la operacion todos los socios individualmen¬
	        
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.

powered by Goobi viewer