Full text: Imhoff, Carlos: Constitucionalidad de los artículos 187 y 188 del Código de Comercio

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Pero no está la dificultad de su tarea, sólo en la 
magnitud de la obra sino también en el uso pru- 
dente y sabio que haga de las facultades que à 
este respecto le han sido conferidas, en la discreta 
combinación de sus leyes protectoras con las exi- 
gencias que á cada elemento económico imponga 
para hacerlo concurrir á la obra general. Asi, por 
ejemplo, tratándose de una industria determinada 
«cómo ha de legislarla para que no sea ni un dis- 
pensador de favores ni un reglamentador meti- 
culoso, exigente y obstruccionista? Y cuando con 
leves protectoras y privilegios de estimulo ha lo 
grado el establecimiento y arraigo de una indus 
tria cómo ha de ir progresivamente quitändole 
la protección que le habia acordado y recogiendo 
el fruto para el bienestar general? Y en caso de un 
conflicto de intereses entre dos industrias zcómo ha 
de resolverlo para que la una no mate à la otra y 
ambas concurran como elementos econômicos à 
la obra comûn? Y volviendo á nuestra cuestión: 
cresponden los articulos 187 y 188 del Código de 
Comercio, á los fines económicos de la Constitu- 
ción? 
Se ha sostenido que no; que ellos imponen à 
la industria ferroviaria exigencias imposibles de 
cumplir y que son contrarios al inc. 16 del art. 67 
de la Constitución, argumento del cual pasamos à 
ocuparnos para resolver asi, nuestra cuestión bajo 
su faz econômica. 
2.Ln realizacién de.los finesque.lq Constitu
	        
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