Full text: Imhoff, Carlos: Constitucionalidad de los artículos 187 y 188 del Código de Comercio

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tado en su reglamentación y ejercicio, pero ni la 
necesidad es igualmente imperiosa en todas par- 
tes, ni el interés pûblico está igualmente compro- 
metido, à punto que no hay dos paises, por seme- 
jantes que sean, à los cuales convenga una misma 
legislación ferroviaria. 
Estas consideraciones fundamentales hacen va- 
riar al infinito la legislación. En unos paises basta 
la acción y el esfuerzo individuales para la prospe- 
ridad de la industria, mientras que en otros, son 
necesarias primas, garantias y liberalidades de 
todo género para lograr el mismo fin; aqui la inter- 
vención del estado en defensa de los intereses ge- 
nerales Ilega hasta el monopolio, mientras que en 
otra parte esa intervención es muy limitada; á 
veces esta industria es tan poco productiva que se 
hace una carga para el tesoro pûblico y en otras 
rinde abundante beneficio y es una fuente de ri- 
quezas. 
Dentro de estos limites caben mil combinacio- 
nes y términos medios que no pueden determi- 
narse à priori porque la experiencia es el unico 
medio de fijar la resultante, cuando las fuerzas 
concurrentes son infinitas y complejas. 
«Quién podrá determinar en un pais dado, cuál 
es el mejor medio de fomentar los ferrocarriles? 
Cuál es el limite de las franquicias y privilegios 
que ha de acordarse á las empresas para hacer de 
ellas un auxiliar de los intereses generales y no 
un mónstruo insaciable que haga veces de tenia
	        
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