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6 por cualquiera otra circunstancia de las admitidas
legalmente, hace un nuevo Seguro en otra compania
çon fecha 10 y declarándose que desde ese mismo dia
empezarán à correr los riesgos—Llenados los requisitos
que essablecen los arts. citados, ocurre un incendio el
dia 15 del mismo mes, já que asegurador deberá dirigirse
el asegurado, para exigir el reembolso de las pérdidas?
Segun nuestra legislacion deberia ser por örden de
fechas, es decir al que firmó la póliza el 1° del mes,
pero como hemos demostrado en el ejemplo anterior
que ocurriendo el siniestro antes de la época marcada
para empezar á correr los riesgos por cuenta del asé-
gurador no existe sobre él ninguna responsabilidad, es
indudable que quien deberia abonar las pérdidas seria
el que dió la póliza el 10 y cuya garantia empezó à
correr desde ese dia y por consecuencia con anterio-
ridad al del siniestro.
3° A.., traspasa á B... las mercaderias que constitu-
ven su negocio, estableciéndose en el contrato de com-
praventa, haria que el comprador la condicion de asegu¬
rar dichas mercaderias.
Transcurriendo un mes sin haber Ilenado el compra-
dor esa obligacion, el vendedor despues de compelerlo à
ello amigablemente sin resultado y temiendo que un
siniestro viniese á perjudicarlo por ser las mismas mer-
caderias vendidas la garantia que tenia del comprador,
ocurre á una Compania y realiza el Seguro de ellas.
Viendo en seguida al comprador, para hacerle conocer
el Seguro practicado y exigirle el pago de la prima que
él estaba obligado á pagar, el comprador toma una
póliza de otra Compania y para ajustarse á lo establecido
en el contrato con A..., exije que se declare en ella que