Full text: Castillo, Ramón S.: Bolsas y mercados de comercio

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ser oficiales ó libres. Esta cuestión ha sido objeto 
de discusión en la doctrina. 
Bedarride (1) ha dicho: «... El establecimiento 
de una Bolsa está subordinado á la voluntad del 
gobierno. Esta regla es la consecuencia necesa¬ 
ria de consideraciones de orden pûblico, sea en 
cuanto al ejercicio del derecho de reunirse, sea en 
cuanto à la necesidad de una vigilancia activa sobre 
las operaciones que deben realizarse en esta clase 
de reuniones.» 
La opinión de este distinguido autor, de confor¬ 
midad con el carácter que atribuye la legislación 
francesa à las Bolsas de Comercio, no está en todo 
de acuerdo con lo que aconseja la ciencia econó¬ 
mica, ni podria aceptarse entre nosotros, porque 
estaria en pugna con una de las declaraciones de 
nuestra Constitución. 
Las Bolsas no son sino un instrumento necesa¬ 
rio para la mejor aplicación de la ley económica 
de la oferta y de la demanda, como lo hemos de¬ 
mostrado en los capitulos precedentes. Nada hay 
que justifique la intromisión del gobierno en fun¬ 
ciones de órden meramente privado, como son las 
que desempenan las personas que se reunen en la 
Bolsa para facilitar ó realizar operaciones mer¬ 
cantiles. 
Aceptar esa intromisión en paises de institucio¬ 
nes liberales, como el nuestro, importaria desna¬ 
(1) Bedarride, des Bours de Comerce, pág. 22.
	        
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