Full text: Rodríguez Etchart, Carlos: ¬La expropiación por causa de utilidad pública

65 
Cémo se vé, todo este conjunto de recursos mu¬ 
chos de los cuales pueden usarse en un mismo 
juicio, tienen que impedir forzosamente la ejecucion 
de los trabajos y paralizar las miras de reforma. 
itiles para la industria y el comercio, que fueran 
calificadas como convenientes para la causa pu¬ 
blica. 
Las leves que establecen un Jury especial para 
fijar el precio de las propiedades, encuentran en el 
suficiente imparcialidad y competencia, y no per¬ 
miten se alce de sus resoluciones sinó ante otro 
Jury constituido al efecto, y solo por violación de 
los trámites exigidos por la ley. 
La ley de la Provincia, análoga al proyecto de 
ley remitido al Senado por la Cámara de Diputa- 
dos, no autoriza expresamente recurso alguno de 
las resoluciones de los árbitros; sin embargo, existe 
el recurso amplisimo que crea la Constitución de 
la Provincia al determinar las atribuciones de la 
Suprema Corte de Justicia. Dice el art. 156, inc. 
3°: "Decide las causas contencioso-administrativas 
en unica instancia y en juicio pleno, prévia dene¬ 
gación de la autoridad administrativa competente 
al reconocimiento de los derechos que gestionan 
por parte interesada". Un particular puede ocurrir à 
la Corte, prévia denegación, no solo por falta de 
cumplimiento á las disposiciones ó sea por viola¬ 
cion à la ley, sinó en todos los casos en que pueda 
encontrarse injustamente damnificado por las reso¬ 
ruciones producidas en el juicio sumario de expro¬
	        
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.

powered by Goobi viewer