66
LIBERTAD DE TESTAR
derecho romano. El hijo es heres suus, porque no
hereda sino de si mismo. La sucesión no importa
mutación de propiedad : es simplemente una conti
nuación de ella. « La fortuna, dice Fustel de Cou
langes, es inmóvil como el hogar y la tumba á que
está unida. Solo el hombre pasa. El hombre es
el que, à medida que la familia desenvuelve sus ge
neraciones, llega en su hora marcada à continuar el
culto y cuidar los bienes. » (*)
Es que, como dice con toda precisión Sheldon
Amos, « la muerte del jefe era en la suerte de la
lamilia romana, un incidente análogo al nacimiento,
à la adopción de nuevos miembros, ó à las ganan¬
cias y pérdidas de individuos resultantes del matri¬
monio, divorcio, legitimación y emancipación. Los
âtomos individuales de la familia sufrian toda clase
de cambios y fluctuaciones; pero el unico cambio
que la familia misma experimentaba era el de una
distribuida é indefinida extensión. El fallecimiento
del jefe de la familia, en vez de disolver su unidad
como cuerpo, solo tenia por efecto reproducirla en
(
una forma mâs rica y vivificada. »
La herencia era, pues, la sucesión al conjunto de
los derechos del difunto. Hæreditas est successio
in universum jus quod defunctis habuit. En el de
recho moderno, como en el derecho romano de los
ultimos tiempos, se sienta como principio, aun cuan¬
(*) Fustel de Coulanges—Obra citada.
(**) Sheldon Amos.—Roman cioil law.