Full text: Cramer, Julio: Beneficio de inventario

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lido y que por consiguiente no viene á ser heredero pu¬ 
ro y simple, pues que si lo fuese, el pago debia conser¬ 
varse y no habria accion para anularlo. El perjuicio 
que el heredero debe satisfacer consiste unicamente en 
la privacion que resulte para el oponente del dividendo 
que le habria procurado una distribucion regularmente 
hecha. Estas observaciones corresponden å Demolom- 
be y han sido trascritas por nuestro codificador en la 
nota al articulo. 
Dos acciones nacen de ese pago indebido: la una de 
danos y perjuicios contra el heredero beneficiario, la 
otra contra los acreedores pagados, porque el pago es 
nulo, en tanto procede de una mala administracion.
	        
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