Full text: Cramer, Julio: Beneficio de inventario

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la herencia ipso jure desde que se abria à su favor. 
Los pretores innovaron estos principios, acordando à 
los unos el beneficio de separacion de patrimonios y à 
los otros la facultad de abstenerse de la herencia. 
Los sucesores que no eran necesarios, se Ilamaban 
estranos ó voluntarios, heredes extranei vel volunta¬ 
rii, tenian libertad de aceptar ó renunciar la herencia 
y solo por su aceptacion la adquirian. Pero la alterna¬ 
tiva era absoluta y los herederos no tenian medios de 
precaverse contra las consecuencias perjudiciales que 
la aceptacion pudiera acarrearles; y la repudiacion po¬ 
dia tambien privarles de un activo más ó menos impor¬ 
tante. 
Mediante la aceptacion, en efecto, reemplazaba el 
heredero sin reserva alguna la personalidad juridica 
del causante, sucediéndole en todos sus derechos y 
obligaciones con la sola escepcion de los que siendo 
personales por naturaleza no pueden trasmitirse de 
una personalidad à otra y se extinguen necesariamente 
çon la vida; entrando asi en todas las obligaciones, 
debia pagar las deudas y satisfacer las cargas que gra¬ 
varan la herencia, aun cuando su importe fuère su¬ 
perior al de los bienes hereditarios, ó como se dice 
en derecho romano, respondia ultra vires héredi¬ 
tatis.
	        
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