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Metadata: Aramburu y Zuloaga, Félix Pío de: Tesis: La actual orientación del derecho penal y de la lucha contra el delíto
Monograph
- Title:
- Tesis: La actual orientación del derecho penal y de la lucha contra el delíto
- Subtitle:
- Discursos de recepción del ... Félix de Aramburu y Zuloaga, y de contestación del ... Eduardo Sanz y Escartín, leidos en la junta pública de 5 de junio de 1910 ; 05.06.1910
- Responsible:
- Real Academia de Ciencias Morales y Políticas
- Place of publication:
- Madrid
- Publication year:
- 1914
- Scope:
- S. [187] - 293
- Resource:
- Discursos de recepción y de contestación leidos ante la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas ; 9
- Keyword:
- |derecho penal / antropología criminal / sociología criminal / prevención social / represión social / política criminal / delincuencia / delitos / penas / condena condicional / medidas educadoras / sentencia indeterminada / establecimientos penales / criminología
- Language:
- Spanish; Castilian
- Free text:
- Con el propósito de hacer una síntesis del derecho penal, el presente discurso examina dos de los aspectos que lo constituyen, el jurídico y el social o referente a su aplicación práctica. El derecho para la sociología positivista es la fuerza del organismo social, y para el materialismo histórico, en el derecho se muestra la fuerza y voluntad de las clases dominantes. Así la primera considera al delincuente como un enfermo social, un inadaptado mientras que para el materialismo el delincuente es un ser normal que no acepta la tiranía de los fuertes. El autor establece un nexo entre derecho y moral de tal modo que lo que es un derecho para el individuo es el deber para los instintos humanos, ya que las acciones humanas son la suma del espíritu y la naturaleza, sin olvidar la influencia del medio ambiente social y natural. La justicia social que lleva consigo la idea de libertad y responsabilidad se expresa a través dela ley, que es la norma racional, y cuyas características son la razón, de donde procede, la universalidad y la necesidad. El delito es la infracción de esa norma y la pena, cuya misión consiste en impedir las tendencias y conductas delictivas, no es más que la manifestación externa de la fuerza de la norma. Los instintos que son la base del delito constituyen reacciones frente a los estímulos exteriores, por lo que son móviles de acción. Se contrarrestan estos impulsos mediante la reacción voluntaria del derecho que es la pena, que ejerce una función de sugestión en los individuos mediante su interiorización, constituyendo así un proceso de destrucción de los impulsos criminales. Señala a continuación el autor que existen dos tipos de delincuentes, aquel cuya conducta criminal persigue un fin, y los que se comportan en un determinado momento de manera delictiva, obedeciendo a un impulso, a los que llama delincuentes según casualidad. A continuación dedica el académico un gran capítulo a la política criminal. En primer lugar define este concepto como la forma de adaptar las penas a las características del criminal. Así como el derecho penal es parte estática, constituida por las instituciones destinadas a la ciencia penal, la política criminal es la parte dinámica que se constituye por una serie de medidas dirigidas a la mejora moral y material del individuo, y a la prevención de los delitos, actuando individualizadamente sobre el delincuente. Las más importantes medidas prácticas de la política criminal las menciona a continuación, desarrollando aquellas que considera más interesantes. Así cita la multa frente a la reclusión, la condena condicional, medidas educadoras, la enmienda civil, la condena indeterminada, preparación profesional. La condena condicional que sólo es aplicable a delitos poco importantes, se crea para evitar los males que suponen las penas cortas de reclusión, ya que estimula el arrepentimiento y la enmienda a la vez que supone al estado una reducción de gastos. En España es contemplada por la ley desde 1908. Otra de las prácticas importantes es la prevención mediante la educación y el tratamiento especializado a los delincuentes menores de edad con la creación de instituciones tales como el reformatorio. A la cabeza en este tema se encuentra la legislación inglesa que contempla entre otras cosas tribunales especiales para niños. Igualmente es importante la creación de establecimientos penales para otros delincuentes que el autor llama inhábiles, que pueden ser de dos tipos, represivos y curativos. Frente a las penas de duración fija, es favorable a la sentencia indeterminada, atendiendo a las condiciones del delincuente, que rebaja las penas impuestas por la ley. Recomienda también la profesionalidad y formación del personal dedicado a la justicia, además de la exigencia de valía mental y moral, a los que divide en tres tipos: personal policial, de la magistratura y los pertenecientes al cuerpo de prisiones. Establece finalmente como medidas de prevención social el mejoramiento de las condiciones sociales, que haría menos profunda la desigualdad económica, la educación y la influencia religiosa. La contestación señala la importancia de las condiciones sociales en la comisión del delito. El criminal nato es una excepción, por tanto es partidario de la política preventiva frente a la represiva, para restablecer la salud social, sin olvidar por completo las penas.
- Shelfmark:
- 2 in: Sp 4 k 102 Q [9]
- Catalog ID:
- 292540
Other
- Title:
- Discurso
Other
- Title:
- Sentencia indeterminada