Access restriction
There is no access restriction for this record.Copyright
Public Domain Mark 1.0. You can find more information here.Cite and reuse
Here you will find download options and citation links to the record and current image.
Monograph
Other
Image
Citation links
Citation recommendation
Metadata: García Alix, Antonio: Tesis: Función del rey en el régimen constitucional y parlamentario
Monograph
- Title:
- Tesis: Función del rey en el régimen constitucional y parlamentario
- Subtitle:
- Discursos de recepción del ... Antonio García Alix, y de contestación del ... Marqués del Vadillo, leidos en la junta pública de 1. de mayo de 1910 ; 01.05.1910
- Responsible:
- Real Academia de Ciencias Morales y Políticas
- Place of publication:
- Madrid
- Publication year:
- 1912
- Scope:
- S. [667] - 733
- Resource:
- Discursos de recepción y de contestación leidos ante la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas ; 8
- Keyword:
- |derecho político / poder real / monarquía / separación de poderes / poder judicial / poder público / principio de autoridad / derecho constitucional / derecho parlamentario / soberanía nacional
- Language:
- Spanish; Castilian
- Free text:
- El poder del rey en las monarquías constitucionales y la aplicación del mismo en el ejercicio de sus funciones, es el tema central del discurso del señor García Alix. En contra de la tendencia general entre los pensadores del siglo XVIII que pretendían despojar al rey de todo poder efectivo, reduciéndolo a mera institución simbólica, el autor opina que el poder real ha de ser robusto y permanente y capaz de garantizar el equilibrio y mantenimiento del sistema político, y por tanto social, en períodos revolucionarios. Al igual que las cámaras reciben su poder del ejercicio del voto no pudiendo ser permanente ya que los votos dependen de las circunstancias políticas y son cambiantes, el rey recibe su poder permanente y anterior de la tradición histórica, estando limitado e imposibilitado en los gobiernos constitucionales por las leyes para convertirse en autoritario. Ambas instituciones ejercen y manifiestan su poder en la función conjunta de elaboración, sanción y promulgación de las leyes, pero en casos de crisis y revolución el poder real ha de poseer la máxima autoridad y por tanto los medios coercitivos adecuados, estando por encima de cualquier otro poder del estado, con el fin de devolver la tranquilidad y la armonía a la nación y restaurar la paz pública. En este sentido se muestra contrario tanto a la teoría de que la soberanía nacional reside en la nación a la que llega a través del sufragio, como a la doctrina de la división de poderes. Siguiendo a Bluntschli opina que el rey es la personificación de la soberanía, es decir del propio estado, figura en la que está concentrado todo el poder del gobierno. En cuanto a la división de poderes para el autor el poder, al igual que la voluntad, es único y lo que existen son funciones diferentes en el ejercicio del mismo, llegando incluso a decir que el poder judicial es una delegación del poder real. A lo largo del discurso y para explicar su tesis recurre tanto a hechos históricos como a las tres funciones principales que en su opinión ha de ejercer el monarca constitucional y que son el derecho de veto, el mando supremo sobre los ejércitos y la facultad de disolución de las cámaras parlamentarias. El derecho real de veto se incluye dentro de la función sancionadora de las leyes que posee el monarca, y éste puede y debe ejercerlo para contrarrestar decisiones inadecuadas y precipitadas de los ministros sobre temas importantes que afecten al curso de la evolución de la nación. Dada la importancia para el mantenimiento de la paz interna y el respeto de los demás países que el ejército tiene, el mando supremo del mismo, por la naturaleza jerárquica de la propia institución le corresponde al poseedor de la máxima autoridad y al representante de la soberanía nacional que es el rey. De esta forma deberá intervenir en calidad de representante de la voluntad nacional que reside en el monarca, en casos de perturbación del orden social y alteraciones de la vida pública. El ejército en manos de otro poder sólo actuaría a favor de voluntades parciales. Otra función real cual es la facultad de disolución de las cortes se justifica igualmente en casos de abuso por parte del poder parlamentario. Finalmente expone sus ideas sobre el ejercicio de la autoridad real que considera imprescindible para la continuidad de la monarquía. Entre otros, el ejemplo de la revolución francesa de 1789 le sirve para apoyar estas ideas. Las cámaras asumieron el poder total para acabar con la monarquía, despojando a la corona de sus funciones principales, las antes citadas derecho del veto, facultad de disolución de las cámaras y poder sobre el ejército. Como ejemplo contrario muestra la autoridad ejercida por Francisco José en la revolución austriaca de 1848 o la de Federico Guillermo en Prusia. En casos de revolución la autoridad ha de ser ejercida contundentemente, sin miedo de llegar incluso a la lucha. En la contestación insiste el Marqués de Vadillo en el principio de autoridad que coloca como base del orden social y de origen divino, y en la fuerza material del poder como sanción del derecho, que colabore a mantener el prestigio de la autoridad.
- Shelfmark:
- 9 in: Sp 4 k 102 Q [8]
- Catalog ID:
- 292522
Other
- Title:
- Discurso
Other
- Title:
- Función real de mando supremo del ejército