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Metadata: Bullón Fernández, Eloy: ¬El concepto de la soberania en la escuela juridica española del siglo XVI
Monograph
- Title:
- ¬El concepto de la soberania en la escuela juridica española del siglo XVI
- Subtitle:
- Discursos leídos ante la Academia de Ciencias Morales y Políticas en la recepción pública del ... Eloy Bullon y Fernández el día 15 de diciembre de 1935 ; 15.12.1935
- Place of publication:
- Madrid
- Publication year:
- 1935
- Scope:
- 146 S.
- Keyword:
- |patria española / bien público / política / sacrificio / indagación racional / poder / derecho natural / ser / metafísica / filosofía jurídica española / libertad / análisis / síntesis / sensatez / confusión / violencia / soberanía / origen / sujeto / monarquía / forma de gobierno / absolutismo / sentimiento de dignidad personal / despotismo / actos públicos universitarios / universidades / democracias / comunidad / servidores / pueblo varonil / responsabilidad / derecho divino / derecho humano / soberanía constituyente / poderes constituídos / derechos ajenos / justicia / poder violento / salud de la república / autoridad del príncipe / gobierno de sí mismo / potestad legislativa / consentimiento colectivo / principio del referendum / imprudencia temeraria / tradiciones / sentimientos genuinos / patria / constituciones modernas / soberanía nacional / omnipotencia / doctrina constitucionalista decimonónica / poder de autodeterminación / arbitrariedad / fines / límites racionales / tradicionalistas / innovadores / perennis philosophia / libertades individuales / poder público / rebeldía / absorbente / antagonismo / armonía / complemento mutuo / libre desenvolvimiento de las personalidades / interés colectivo / valores espirituales / conciencia / ley inicua / verdadera ley / fuerza de obligar / prudencia / honradez / bien público temporal / individualismo / estatismo / bien particular / bien común / inciativa privada / servicios públicos / líneas diivisorias / cuerpo místico / justicia estricta / deberes éticos / deberes jurídicos / justicia social / bien positivo / tolerancia / sentido de la realidad / permitir / disimulación discreta / obligación en conciencia / coacción eficacia / razones / enseñanza primaria obligatoria / función docente / unidad / uniformidad / armonizar / potestad universal del Papa / poderes ocasionalmente ejercidos / facultades permanentes y esenciales / licitud / conquista / sociedades perfectas / Cristianismo / hecho histórico / tiranicidio / tiranía de origen / tiranía de ejercicio / usurpador / enemigo público / legítima defensa / severidad / mansedumbre / prudencia / precaución / previo juicio / excesiva / monarquía / república / libertades / monarquía absoluta / monarquía templada / pacto / precención / tributos / voto popular / rey justo / príncipe perfecto / consejeros / competencia / amor al bien público / valentía / osadía / cortesía / servilismo / lealtad / sumisión / fortaleza / concepción espiritualista / equilibrio / ponderación / armonía / sistema monárquico constitucional / violencia / espiritualidad / humanista / cultura clásica / lenguas clásicas / educación humanista / educación utilitaria / Renacimiento pagano / Renacimiento cristiano / ser / espíritu cristiano / sofrosine / formación cultural / política / cultura española / influencia cristiana / civilización cristiana / coherencia espiritualista / licitud de colonizar / empresa civilizadora / protectorado / política tributaria / factor físico / factor humano / armonías del cosmos / Geografía humana / filosofía jurídica / positivismo / cimientos / metafísicos / empirismo / utilidad / fuerza / espiritualidad / apología / gran siglo / misión del poder público / orden / bienestar material / bienestar moral / acción privada / sensato intervencionismo / pensamiento hispano
- Language:
- Spanish; Castilian
- Free text:
- El primer tercio del siglo XX comparte con la centuria anterior el reclamo a los valores espirituales, frente a una mentalidad empirista y positivista que amenaza con reducir el derecho a fuerza. Es también un lugar común en estas primeras décadas del siglo la exaltación de la cultura española del Siglo de Oro. En ella ven ordenada y equilibradamente expuestos los fundamentos sólidos de que tan falto se halla el mundo jurídico y político contemporáneo, marcado por la confusión y la violencia. En vísperas de la Guerra Civil española, Eloy Bullón dedica su discurso al concepto de soberanía en la Escuela jurídica española del siglo XVI. Frente a quienes rechazan la noción de soberanía nacional de los constitucionalistas del siglo XIX, el autor rescata lo que cree ver en ella de verdadero: la afirmación de que la potestad política suprema pertenece por derecho natural a la sociedad civil perfecta, y no a ningun individuo humano. En efecto, la primera tesis fundamental de Azpilcueta, Molina o Suárez en materia de soberanía es que ésta reside originariamente en la comunidad política por derecho natural, y que no puede desprenderse enteramente de ella. De ahí que los reyes sean los servidores y no los amos del pueblo, que respondan del ejercicio de su poder, que éste gane en fuerza moral y autoridad en la medida que sea justo. Al abordar el problema principal de la soberanía, el de sus fines y límites, insiste en la armonía y mutuo complemento existente entre la libertad individual y el orden social, entre el bien particular y el bien de la comunidad. Tras aludir críticamente a la frase "la parte debe subordinarse al todo", aclara que no quiere negar que un miembro de la sociedad, en cuanto tal, se halle subordinado al bien común, sino que éste nunca podrá consistir en destruir los valores espirituales. Este es el límite por excelencia del poder político, la conciencia, que exige justicia. Alaba mucho la doctrina de Suarez, a igual distancia de un individualismo exagerado que de un estatismo absorbente, por su especial cuidado en trazar las líneas divisorias entre el fin individual y el social, entre Iglesia y Estado, entre la esfera específica de actuación estatal y la reservada a los individuos, familias y demás órganos del cuerpo social. Así como por no reducir el ámbito jurídico al de la estricta justicia, sino extenderlo a otras virtudes, y por su alto sentido de la realidad, que le llevó a aconsejar la tolerancia de males cuya corrección acarrearía males mayores. Armonizar es la palabra clave que resume la misión del Estado en esta doctrina. Ella debe marcar, por ejemplo, las relaciones entre el Estado y la familia en materia educativa y entre aquél y la Iglesia. Un último aspecto interesante de la concepción de la soberanía y sus límites que tuvieron los escolásticos del siglo XVI es su doctrina del tiranicidio. Aunque, según Bullón, pecase de excesiva en ocasiones, deja ver la libertad con que se escribía en España en aquella época y el concepto elevadísimo del poder público y sus fines que tenían los juristas y teólogos españoles. Respecto a las formas de gobierno, la prevención contra el poder personal les llevó a defender una monarquía sometida a las leyes y bien trabada con la aristocracia, una monarquía templada y casi constitucional, en la cual los buenos consejeros -ante todo amantes de la verdad y valientes para decirla- suplieran las deficiencias del príncipe. Armonía, equilibrio y ponderación son los rasgos que debe reunir el régimen político de un pueblo, también en el presente, según Bullón. En vez de contraponer régimen monárquico y republicano, habría que combinar prudentemente lo mejor de cada uno de ellos, la unidad y cohesión del primero, con el principio electivo del segundo. Fueran cuales fueran sus límites y realizaciones concretas, concluye afirmando que la doctrina de los españoles del siglo XVI está traspasada por el amor a la libertad individual y colectiva y constituye un servicio a la espiritualidad. En su contestación, Aznar Embid alaba con entusiasmo la sólida formación humanista, en sentido clásico, del nuevo académico y destaca tres focos de influencia sobre él: Menéndez Pelayo, los pensadores del siglo XVI español y el cristianismo. En su breve referencia al discurso, lo considera una inteligente apología de la cultura española del gran siglo y rico en doctrina social, en cuanto preconiza un sensato intervencionismo del Estado y trata de poner frenos a sus excesos.
- Shelfmark:
- Sp 4 k 131
- Catalog ID:
- 286746
Other
- Title:
- Contestación
Other
- Title:
- Presentación de Eloy Bullón: sus méritos y su obra