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nea, en este fin de siglo, en que se disenia y establece
en muchas naciones, la coexistencia autonómica é in
dependiente de ambas instituciones; respetando el Es
tado el libre ejercicio del culto, en cuanto no ataque
los principios de moral social; y respetando la Iglesia
al Estado, en su alta potestad de regulador tutelar de
los derechos de los individuos, vamos á reducirnos à las
relaciones que han gobernado la Iglesia Cristiana con
el Estado.
Al estudiar esta cuestion, oportuno será que prin¬
cipiemos por orientarnos acerca del modo como se han
generado las actuales relaciones entre la Iglesia y el
Estado, sus antecedentes históricos, sus fines y propó¬
sitos. Esta linea de procedimiento es tanto más correcta,
cuanto que á nosotros no nos trabaja sistema alguno,
preconcebido, ni los intereses momentáneos de la poli¬
tica, ni los realmente importantes de un órden religioso
cualquiera. Avidos de luz, lleganios al terreno de la
discusion, con espiritu tranquilo, sin más rumbo que la
verdad y la justicia y sin otro objetivo que la prosperi¬
dad nacional, en cuanto ella es siempre compatible,
con el verdadero respeto à la conciencia.
Las dos grandes potestades, Iglesia y Estado, no
vinieron gemelas á la vida. La sociedad civil hallábase
séria y completamente organizada, con una legislacion
propia, con régimenes que afianzaban su existencia, con
E
ONES
ISTORIA DEL DEREC
europäische Rechtsgeschichte
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