XIII
Las contestaciones serán afirmativas ó ne
gativas, pudiendo agregar el que las dé las
explicaciones que estime necesarias,
Si la parte juzgara impertinente una
pregunta, podrá negarse á contestarla en la
inteligencia que el Juez podrá tenerla
por confesa si al sentenciar la juzgare perti¬
nente (Art. 130 del C. P.)
Las contestaciones deberán ser afirmativas ó nega¬
tivas y bajo pretesto alguno podrá responderse de
otro modo; en caso de que asi no se hiciere el ponente
tiene derecho á exigir que se tenga por confeso. Pe¬
ro para que se conteste en la forma establecida es
necesario que las preguntas sean suceptibles de confe¬
sarse ô negarse categóricamente. En nuestros Tribu¬
nales, por regla general, las posiciones se formulan
como indagatorias y se pregunta por ejemplo jcuan¬
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Max-Planck-Institut für
TUTO DE INVESTICACIONES
ISTORIA DEL DERECHO
europäische Rechtsgeschichte