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La époça en que mas floreció este ramo de la in¬
dustria fué la de Temistocles, empezando à decaer
en tiempo de Socrates y Jenofonte, y Strabon
(15 anos antes de Jesucristo) refière que las minas
del Atica se hallaban completamente abandona¬
das á causa de las sublevaciones de esclavos, limi¬
tándose las esplotaciones á aprovechar las escorias
6 restos de trabajos anteriores.
Pero de toda la peninsula, Atenas fué la unica.
ciudad que se preocupó de reglamentar los traba¬
jos mineros, y eso me obligará á limitar este estu¬
dio á su legislacion, pasando por alto los otros pe¬
quenos Estados.
Que principios sancionaba la Repûblica Ate¬
niense acerca del derecho de cateo?
Los tratadistas que se han ocupado preferente¬
mente de hacer la historia de la legislacion de mi¬
nas, y que han acudido hasta á los trabajos de ora¬
dores y literatos, no mencionan el derecho de es¬
ploracion; pero de la enumeracion de los principios
que regian la industria minera dedûcese fäcilmen¬
te su existencia.
El Estado era propietario de las minas, pero no
emprèndia su esplotacion, sino por el contrario las
concedia á particulares en arrendamiento perpétuo.
Las condiciones de la concesion consistian en un
precio que debia entrar directamente en las cajas
publicas, más una contribucion anual qne ascendia
à la vigésima cuarta parte del producto de la mina.
Se encargaban de la percepcion de estos im¬
NNHIDE
Max-Planck-Institut für
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
europäische Rechtsgeschichte
DE HISTORIA DEL DERECHO