Full text: Ponce, César: Puntos fundamentales de la legislación de minas

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por este medio no se obtenia su correccion, se les 
nombraba un curador. 
Son importantes las disposiciones relativas à las 
minas de desague, sociedades, aviadores, venta de me¬ 
tales y las reglas prescritas para el laboreo, fortificacion 
y amparo de las minas, asi como las disposiciones rela¬ 
tivas á los peritos. 
Réstanos hablar de dos instituciones que cierran el 
cuadro de esta vasta y compleja lejislacion: nos referi¬ 
mos al Real Seminario de Mineria y al Banco de Avios. 
El Seminario de Mineria era al par que un estableci¬ 
miento de ensenanza teórica y práctica, la autoridad 
cientifica encargada de conservar y propagar los mas 
adelantados principios en el arte de labrar las minas. 
Los profesores de este establecimiento que debian 
ser nombrados á concurso, además de sus obligaciones 
comunes, tenian la de presentar cada seis meses una 
Memoria ó Disertacion sobre algun asunto ûtil á la 
Mineria. 
Asi mismo, á propósito de esta institucion, se procu¬ 
raba fomentar los inventos de máquinas ó métodos des¬ 
tinados á perfeccionar los procedimientos de la industria, 
por medio de privilejios y otros estimulos, constituyén¬ 
dose la administracion en el auxiliar de los inventores 
que por su pobreza no pudiesen verificar las esperiencias 
de sus inventos. 
Por su asimilacion á los inventos quedaba del mismo 
modo poderosamente estimulada la importacion de arbi¬ 
trios, máquinas ó métodos usados con éxito en otros 
INHIDE 
europäische Rechtsgeschichte 
DE HISTORIA DEL DERECH
	        
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