DEL EXCMO. SR. D. ANTONIO ROYO VILLANOVA
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Cómo compaginar este deber con el respeto a la libertad
y a los derechos de los ciudadanos? (1).
He aqui planteado ante el derecho administrativo el pro¬
blema del terrorismo en sus relaciones con la libertad y con
la policia: limitaciones que el Estado puede imponer y respe¬
tos que debe guardar a los derechos individuales, para comba
tir el terrorismo.
Toda la médula del derecho pûblico está en reducir a una
sintesis juridica la antitesis puramente de hecho en que apa
recen la libertad del individuo y la existencia de la colectivi¬
dad. La sociedad no es un enemigo del hombre, sino su com¬
plemento necesario. No hay contradicción entre el derecho
individual y el derecho social. El hombre aislado, suelto, sin
vinculos con los demás hombres, es una abstracción. Un es¬
piritu tan individualista como Rousseau dijo, ya que en el
contrato social, la libertad que el hombre perdia, se compen¬
saba con la parte que de la suya le daban los demás. Pero aun
seria más exacto decir que el hombre tiene mås libertad en
sociedad que fuera de ella. En efecto, si tenemos de la liber¬
tad un concepto puramente negativo, serä mås libre el hom
bre aislado, solo en medio del campo, que el vecino de una
gran urbe europea o americana. Un hombre solo en un de¬
sierto no se siente cohibido por ninguna coacción ni ligado
(1) «No es posible admitir que el Estado tenga que esperar a que el
mal se realice para poderse defender a si mismo, a la sociedad, a los par
ticulares. Esto implicaria una disminución de la seguridad y de la paz
püblica, debilitaria a la sociedad, siempre amenazada y sin garantia su
ficiente contra los abusos de la libertad. Y esto demuestra que el peligro
mismo, la amenaza son, por si solos, males de que la sociedad se ha de de¬
fender. Por eso ambas fuerzas deben ser protegidas y puestas en armonia
y en reciproca condición de vida y desarrollo y, por consiguiente, stoda
la cuestión es de limites». Debe respetarse y protegerse la libertad; pero
cuando, en su desenvolvimiento, hace surgir un peligro, una amenaza
para la paz, la seguridad, los bienes de los ciudadanos, de la sociedad,
del Estado, éste, en interés de la defensa social, debe tener el derecho de
limitarla. Si al exagerar el concepto del Estado se aniquila la libertad.
también es cierto que al exagerar el concepto de la libertad se aniquila
el Estado.»
(Ranelletti, obra citada, påg. 294.)
Max-Planck-Institut für
Real
orales y Politicas
europäisch
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