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DISCURSC
un periodo de sesiones y so pretexto de infracciones puni¬
bles maliciosamente perseguidas, a cuyo efecto han de auto¬
rizar las Asambleas la iniciación del procedimiento, salvo en
caso de flagrante delito.
Pudiera decirse, como gráficamente ha expresado el se¬
nor Sánchez Guerra, que «la inmunidad es servidora de la
inviolabilidad, aunque nuestros demócratas de nuevo cuno
hayan alterado los términos» (3), o como expuso en forma
brillante el notable jurisconsulto D. Felipe Sánchez Román:
«La inmunidad parlamentaria es un corolario de la inviola-
bilidad, un complemento necesario y una manera de hacerla
efectiva. Son ideas estrechamente relacionadas, pero no idén¬
ticas: la primera es un principio; la segunda, una consecuen¬
cia; aquélla es un atributo del Representante en Cortes por
razón de su función, y ésta un derivado necesario para man¬
tener aquélla. La inmunidad estâ a servicio de la inviolabili¬
dad, y la segunda, por razón de su fundamento y fines, debe
marcar los limites de la primera. En todo lo que se contra¬
diga o ponga en peligro la inviolabilidad de la función, debe
ésta hallarse amparada por la inmunidad, que es entonces
perfectamente justa y necesaria. Todo lo que exceda de la
necesidad de aquélla, puede tocar en lo abusivo, privilegia¬
do e injusto» (4).
Y, sin embargo, por la resonancia y repercusión exterior
de la inmunidad; por la mayor aplicación extraordinaria y
excesiva que entre nosotros se ha hecho de ella; acaso por
aquella alteración de términos y jerarquia antes apuntada,
es lo cierto y positivo que mientras la inviolabilidad apenas
ha merecido comentario serio ni atención detenida, los estu¬
dios y trabajos sobre la inmunidad han sido bastante nume¬
rosos en los ultimos anos, quizás por el natural deseo de ovi¬
denciar en esta forma el mal que se padecia y procurar ate¬
nuarlo (5).
Ello nos mueve a prescindir casi por completo de todo lo
relativo a la inmunidad, aun cuando no estaria de mås insis
tir en su verdadero concepto y buscar remedio a sus vicios,
Max-Planck-Institut fü
les y Politicas
europäische Rechtsgeschichte