Full text: Gascón y Marín, José: Tesis: Legislación internacional del trabajo

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DEL EXCMO. SR. D. JOSÉ GASCÖN Y MARIN 
no olvida que aquellas masas a las que se dirigia la Interna¬ 
cional obrera en nombre de la paz, el trabajo y la libertad. 
condenando la guerra, marcharon a ella en 1870 y 1914, lle¬ 
nas de entusiasmo que no puede crear la obligación impues¬ 
ta por tirania o despotismo, y que sólo explica el sentimiento 
de la nacionalidad, el ideal del patriotismo, el sentimiento de 
defender lo que es propio y constituye alma de la colectivi¬ 
dad politica: su propia personalidad internacional; pero que 
teniendo todo esto muy presente, no olvida la existencia de 
la gran familia humana, no olvida la solidaridad entre los 
pueblos, no olvida la existencia de grandes principios uni¬ 
versales de justicia y que el derecho social no es de los que 
pueden ser patrimonio de uno u otro pueblo, que si en todos 
ellos a igual grado de desarrollo, preséntanse con análogos 
caracteres los mismos problemas, demandando análogas so 
luciones, a la generalidad del hecho social, debe correspon¬ 
der la actuación juridica, y que si no ha perecido ni la per 
sonalidad individual, ni la entidad familia, ni la entidad na 
tural Municipio, al desarrollarse los vinculos politicos, cons¬ 
tituyendo la idea del Estado moderno, compatible es con la 
afirmación del Estado y con los más acendrados sentimientos 
patrióticos, la afirmación de un derecho social general, en el 
que lo discutible no puede ser su existencia, ni sus princi¬ 
pios, sino sus limites y su adecuada aplicación. 
* * * 
Tratar de reglamentación internacional del Trabajo y de 
protección legal internacional de los trabajadores sin men¬ 
cionar a Roberto Owen seria omitir uno de los elementos b⬠
sicos del material ideológico. Su discurso de 1.° de Enero 
de 1816, al inaugurar la Escuela para los ninos en su fábrica 
de New Lanark, favorable a una legislación tal como él la 
habia expuesto en sus Ensayos de principios acerca de la for 
mación del carâcter del hombre, y en el que agregaba que 
no conocia esas diferencias imaginarias que las fronteras tra¬ 
Max-Planck-Institut für 
Real Academia de Ciencias Morales y Politicas 
europäische Rechtsgeschichte
	        
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