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DEL ILMO. SR. D. JAVIER VALES FAILDE
on igual forma de Breve, se elija en lo sucesivo por Asesor
o Auditor de dicho Nuncio un varón eclesiâstico dotado de
prudencia, ciencia y virtud, que ha de ser espanol, y también
del agrado y aceptación del dicho rey Carlos y de dichos
sus sucesores, del cual Asesor o Auditor se ha de valer dicho
Nuncio que en adelante fuere, para que con intervención del
mismo Asesor se libren todos los despachos de gracia y de
justicia, debiendo éste examinar la forma de dichos despa¬
chos. Igualmente ordenamos y mandamos que el oficial de
dicha Nunciatura, llamado Abreviador, que antes solia esco¬
gerse de cualquiera nación, haya de ser en lo sucesivo espa¬
nol, y también del agrado y aceptación del dicho rey Car¬
los y de sus sucesores en los mencionados reinos, y que sea
olegido por Nos y por los dichos sucesores nuestros como
va expresado.
»Pero determinamos y declaramos que por las presentes
no se limita, muda o innova en nada la jurisdioción, facultad
y autoridad del Nuncio que en adelante fuere en los reinos
de Espana; por lo oual es nuestra voluntad y ordenamos y
mandamos que el dicho Nuncio tenga, goce y use en lo suce¬
sivo de todas y cada una de las facultades, autoridades y pri¬
vilegios que antes, como Legado a latere de la mencionada
Silla tenia, y de que gozaba y usaba en virtud de Letras
apostólicas, que se han acostumbrado expedir en igual for
ma de Breve a cada uno de dichos Nuncios; y establecemos
y mandamos motu proprio, de cierta ciencia y con plenitud
de la potestad apostólica, que por las presentes Letras nues¬
tras, o por cualesquiera otras disposiciones y reglas que ocu
rran darse o prescribirse en adelante por lo respectivo al
nuevo Tribunal de la Rota que se ha de erigir, como va dicho,
no haya de quedar mudada, limitada o innovada en cosa al¬
guna la omnimoda jurisdicción, autoridad o facultad del di¬
cho Nuncio, sino que deba permanecer en todo y por todo
perpetuamente firme en lo sucesivo como antes» (44).
Hay causas y pleitos eclesiásticos que se presentan en to
das las regiones de Espana, como son, por ejemplo, los divor¬
Max-Planck-Institut für
es y Politicas
Real/
uropäische Rechtsgeschichte